SIN INFORMACION

CALDERON CALDERON BASTIAN EDUARDO-ALCAINO VASQUEZ JHON PAUL/GENDARMERIA DE CHILE (CENTRO DE CUMPLIMIENTO PENITENCIARIO COLINA II)

Rol

Fecha

17 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece César Pizarro, en nombre de los internos Bastián Eduardo Calderón Calderón, cedula nacional de identidad N° 19.117.513 - 1 y Jhon Paul Alcaino Vásquez, cedula nacional de identidad N° 18.421.967 – 0, interponiendo acción de amparo constitucional en contra de Gendarmería de Chile, por los siguientes hechos. Indica que con fecha lunes 30 de Septiembre 2024, a eso de las 14:00 horas, los amprados fueron trasladado de unidad penal junto a un grupo de otros internos, desde Santiago Sur Ex Penitenciaria, Calle 4 al CCP de Colina 2, al Módulo 1 de esta unidad penal, en AISLAMIENTO, viviendo en condiciones de habitabilidad PAUPERRIMAS, DENIGRANTES, INSALUBRES Y DENIGRANTES. Señala que desconoce los

Fundamentos

motivos del traslado y que al día de hoy los amparados se encuentran son segmentación agotada, sin poder ingresar a otras dependencias al interior de Colina 2, haciendo presente que sus vidas corren peligro al interior de la cárcel debido a conflictos con otras personas privadas de libertad que en la actualidad los tiene bajo amenaza de muerte. Finalmente, explica que los internos habitaban la calle 4 de la Ex Penitenciaria, lugar donde ellos mismos de manera voluntaria pidieron su permanencia en dicha dependencia con el fin de evitar conflicto con otros internos del penal.

Fallo

En mérito de lo expuesto, solicita que se constaten lesiones de ambos internos en su salida de la Ex Penitenciaria y la llegada al penal de Colina 2, que se acompañe la copia del libro de novedades donde se den a conocer los motivos y razones del traslado de ambos internos y que ambos amparados sean trasladados de vuelta a la Ex Penitenciaria calle 4, debiendo permanecer ambos internos en dicha unidad penal. Segundo: Que evacúa informe José Luis Arriaza Sánchez, abogado de Gendarmería de Chile, al tenor del recurso de amparo. En primer lugar, se refiere a los antecedentes de los amparados. Respecto de don BASTIÁN EDUARDO CALDERÓN CALDERÓN, RUT N° 19.117.513-1, fue condenado por el 7° Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Santiago en Causa RUC N° 2000436360 - 5 RIT Nº 28 – 2021 (RIT Nº 2028 – 2020 del 13° Juzgado de Garantía de Santiago) a la pena de 10 años y 1 día por el delito de Robo con Violencia, iniciando su condena el 01 de mayo de 2020, correspondiendo el término de la misma en fecha 02 de mayo de 2030. Habita el Módulo N° 1 del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, siendo clasificado como un interno de alto compromiso delictual, obteniendo un puntaje de 130,1 puntos sobre 171,0 posibles. Respecto de don JHON PAUL ALCAINO VÀSQUEZ, RUT N° 18.421.967 – 0, fue condenado por el 2° Juzgado de Garantía de Santiago de 21 días por el ilícito de Tentativa de Robo y por el 7° Juzgado de Garantía de Santiago a la pena de 3 años y 1 día por el delito de Robo con Vi

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece César Pizarro, en nombre de los internos Bastián Eduardo Calderón Calderón, cedula nacional de identidad N° 19.117.513 - 1 y Jhon Paul Alcaino Vásquez, cedula nacional de identidad N° 18.421.967 – 0, interponiendo acción de amparo constitucional en contra de Gendarmería de Ch

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