M.P.C/ PABLO IGNACIO SOTO DIAZ (YERKO ALEJANDRO BASTÍAS ESPINOZA)
Rol
Fecha
17 de octubre de 2024
Materia
ROBO CON VIOLENCIA, INTIMIDACION DE VEHICULO MOTORIZADO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que respecto de la necesidad de cautela,
Fundamentos
considerando los antecedentes contenidos en la carpeta investigativa, los proporcionados en estrados por los intervinientes, la naturaleza, gravedad, circunstancias y forma de comisión del ilícito, por el cual se encuentra formalizado el imputado, así como el haber actuado en grupo o pandilla, constituyen en este estadio procesal elementos suficientes para estimar que su libertad, constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, por lo que, la única medida cautelar que resulta proporcional es la prisión preventiva. Por estos fundamentos, se confirma, la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Colina, el ocho de octubre de dos mil veinticuatro, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado Yerko Alejandro Bastías Espinosa. Comuníquese por la vía más rápida, y devuélvase la competencia.
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro. Sala: Cuarta Rol Corte: Penal-5963-2024 Ruc: 2401205337-8 Rit: O-5308-2024 Juzgado: JUZGADO DE GARANTIA DE COLINA Integrantes: la Ministra señora Inelie Durán Madina, la Ministra (S) señora Andrea Paola Soler Merino y la Abogada Integrante señora Catalina Infante Correa Relator: Mauricio Segovia Digitadora: Car
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