ZÚÑIGA/CABEZA
Rol
Fecha
17 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2.- Que los hechos expuestos por el recurrente no revisten el carácter de una vulneración de los derechos fundamentales que protege el artículo 20 de nuestra Carta Fundamental. Máxime cuando de la relación de los hechos no se aprecia detalle de la forma en que se produce la vulneración denunciada. Y de conformidad, además, con lo señalado en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara INADMISIBLE el recurso interpuesto en autos. Al primer y segundo otrosíes de la misma presentación, estese a lo resuelto precedentemente. Archívese, en su oportunidad. Rol Nº Protección-2847-2024.
Fallo
Fallo del Recurso de Protección, se declara INADMISIBLE el recurso interpuesto en autos. Al primer y segundo otrosíes de la misma presentación, estese a lo resuelto precedentemente. Archívese, en su oportunidad. Rol Nº Protección-2847-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A de Valdivia Valdivia, diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro. Resolviendo a lo principal de folio 1: Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente
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