MARGARITA LONCOÑANCO SANTIBAÑEZ Y OTROS C/ ALCALDE PANGUIPULLI
Rol
Fecha
17 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: Que de los antecedentes expuestos por la recurrente no aparecen hechos que puedan constituir vulneración a garantías de aquellas indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, desde que aquéllos en que fundamenta su petición deben conducirse a través de los procedimientos administrativos que el legislador ha previsto al efecto, toda vez que lo denunciado guarda relación con la gestión de un establecimiento educacional. Y visto, además, lo que dispone el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara INADMISIBLE el recurso de protección de folio 1. Al otrosí de la misma presentación, estese a lo resuelto precedentemente. Sin perjuicio de lo anterior, remítanse los antecedentes a la Superintendencia de Educación para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Protección 2768-2024.
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara INADMISIBLE el recurso de protección de folio 1. Al otrosí de la misma presentación, estese a lo resuelto precedentemente. Sin perjuicio de lo anterior, remítanse los antecedentes a la Superintendencia de Educación para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Protección 2768-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A de Valdivia Valdivia, diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro. A lo principal de folio 1: VISTOS: Que de los antecedentes expuestos por la recurrente no aparecen hechos que puedan constituir vulneración a garantías de aquellas indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, desde que aquéllos en que fundamenta su petición deben conducirse a través de los procedi
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