PRODUCTOS DEL CAMPO LIMITADA/GYLLEN
Rol
Fecha
18 de octubre de 2024
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y teniendo presente: 1° Que, a propósito de la prueba en la tramitación incidental, como la de autos, el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, en su incido final dispone que: Las resoluciones que se pronuncien en los casos de este artículo son inapelables. 2° Que la resolución apelada es aquella de diecisiete de septiembre último por la cual recibe a prueba el incidente de nulidad. 3° Que, así las cosas, la resolución contra la que se deducen los recursos sublite, por expresa disposición legal no es susceptible de recurso de apelación, razón por la cual el recurso deducido es inadmisible. Por lo señalado precedentemente y lo dispuesto en los artículos 90, 189 y 201 del Código de Procedimiento Civil, se declaran inadmisibles los recursos de apelación interpuestos en contra de la resolución de diecisiete de septiembre de dos mil veinticuatro. Devuélvase. R.I.C N° Civil-760-2024.-
Fallo
se declaran inadmisibles los recursos de apelación interpuestos en contra de la resolución de diecisiete de septiembre de dos mil veinticuatro. Devuélvase. R.I.C N° Civil-760-2024.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán GHS/sag Chillán, dieciocho de octubre de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: 1° Que, a propósito de la prueba en la tramitación incidental, como la de autos, el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, en su incido final dispone que: Las resoluciones que se pronuncien en los casos de este artículo son inapelables. 2° Que la resolución apelada es aquella de diec
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