CARABINEROS TERCERA VALLENAR C/ MAURICIO ALEJANDRO DONOSO FIGUERA
Rol
Fecha
17 de octubre de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito del registro de audio, encontrándose justificado el presupuesto material establecido en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y en cuanto a la necesidad de cautela, no existiendo otra medida que permita resguardar adecuadamente la seguridad de la sociedad y los fines del procedimiento, atendido el carácter del delito formalizado, la gravedad de la pena asociada al mismo -de crimen-, habiendo actuado en grupo o pandilla y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 149, 358 y 370 letra b) del citado cuerpo legal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de diez de octubre de dos mil veinticuatro, por el juez del Juzgado de Garantía de Vallenar, don Daniel Herrera Marín, que hizo lugar a la petición del Ministerio Público y decretó la prisión preventiva de los imputados Yorman Josué Vejar Gómez, Mauricio Alejandro Donoso Figueroa y Yiniber Narváez Quindales, por resultar su libertad peligrosa para la seguridad de la sociedad. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-782-2024.
Texto Completo (Preview)
Fecha: diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro Sala: Primera Rol Corte: Penal-782-2024 Ruc N°: 2401205329-7 Rit N°: O-1975-2024 Juzgado: Garantía de Vallenar. C.A. de Copiapó Ministros: ministra señora Aida Osses Herrera, ministra (i) señora Llilian Durán Barrera y ministro (s) señor Ricardo Riquelme Carpenter Relatora: Anita Maluenda Hernández Abogado Asesor M.P.: Juan Christian Fernández E
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