JUZGADO DE GARANTIA DE SAN ANTONIO

M.P. C/ ROSA FRANCIA CONTRERAS URBINA

Rol

Fecha

17 de octubre de 2024

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y oídos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, las circunstancias del hecho investigado y la detención de la imputada efectuada por parte de la víctima, así como las lesiones graves con que esta resultó, quien goza además de irreprochable conducta anterior, se estima que una o más de las medidas cautelares de menor intensidad contempladas en el artículo 155 del Código Procesal Penal, resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento, y de conformidad con lo prevenido en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de nueve de octubre de dos mil veinticuatro, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra de la imputada Rosa Francia Contreras Urbina, y en su lugar se declara que se la deja sin efecto. Dese orden de libertad inmediata a la imputada, si no estuviere privada de ella por otras causas. Decisión acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Letelier, quien fue de la opinión de confirmar la resolución apelada, en virtud de sus propios fundamentos. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N°Penal-2943-2024./ahd

Fallo

se declara que se la deja sin efecto. Dese orden de libertad inmediata a la imputada, si no estuviere privada de ella por otras causas. Decisión acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Letelier, quien fue de la opinión de confirmar la resolución apelada, en virtud de sus propios fundamentos. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N°Penal-2943-2024./ahd

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro, se da inicio a esta audiencia a las 09:49 horas, ante la Tercera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra señorita Eliana Quezada Muñoz, e integrada por la Ministra señora Inés María Letelier Ferrada y la Ministra señora Carolina Figueroa Chandía, par

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