LAROQUE/SUBSECRETARIA DEL INTERIOR,
Rol
Fecha
16 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: 1°.- Que, comparece la abogada Carla Nicole Cañón Rubio, en representación de don Louibinnsonn Laroque, de nacionalidad haitiana, interponiendo acción de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en emisión de resolución exenta que ponga fin al procedimiento administrativo aprobando o rechazando la solicitud de residencia definitiva, solicitada con fecha 20 de junio de 2022 (sic), vulnerando con ello la garantía constitucional prevista en el artículo 19 N°2 de nuestra Carta Fundamental. Señala que el actor ha cumplido con todas las exigencias legales y reglamentarias para solicitar su residencia definitiva, no obstante, desde efectuada dicha petición han transcurrido más de dos años y dos meses sin obtener respuesta. Asimismo, al consultar el trámite en las distintas plataformas digitales de la recurrida, éste no avanza ni otorga mayor información. En cuanto al derecho, luego de referirse a la admisibilidad del recurso, expone que las garantías y derechos constitucionales afectados lo son por la omisión arbitraria e ilegal por parte del recurrido en el excesivo tiempo de tramitación de la solicitud de residencia definitiva realizada. Agrega que el obrar de la recurrida contraviene lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.980, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Sumado a ello, expone que no procede aplicar la institución del silencio administrativo, así como caso fortuito o fuerza mayor, para justificar la demora de la autoridad migratoria. Finaliza solicitando a esta Corte, tener por interpuesto recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en emisión de resolución exenta que ponga fin al procedimiento administrativo aprobando o rechazando la solicitud de residencia definitiva, acogerlo a tramitación ordenando al recurrido que se pronuncie sobre
Fundamentos
Considerando Décimo del
Fallo
fallo Rol N°251.682-2023 de 20 de marzo de 2024). 9°.- Que, en este sentido también ha sostenido el Máximo Tribunal que “aun cuando el término del artículo 27 ya citado se aplica con matices a la Administración por cuanto no basta para la ineficacia del procedimiento su sólo transcurso, sino también un análisis adicional de razonabilidad o justificación del exceso, ello no puede significar que el administrado quede entregado al arbitrio del órgano en cuanto a la duración del proceso. Dicho de otro modo, el cumplimiento del señalado término de seis meses, si bien no será suficiente por sí sólo para determinar una pérdida de eficacia del procedimiento, marca un hito a partir del cual podrá examinarse la razonabilidad y justificación de su extensión temporal, a la luz de los principios que deben regir la actuación administrativa, obligatorios para la Administración y que, además, tienen expresa consagración legislativa, según ya se expuso”. (Corte Suprema Rol N° 137.685-2022, de 28 de febrero de 2023). 10°.- Que, en el caso en estudio, aun cuando es entendible que el Servicio Nacional de Migraciones pueda tener una demora en resolver, atendida la carga y cantidad de solicitudes que llegan para su tramitación, y considerando que el actor incurrió en un error administrativo en el pago de la multa lo que posteriormente subsanó, no parece razonable que desde la presentación realizada el 3 de diciembre de 2021 hasta esta fecha hayan transcurrido más de dos años y diez meses, sin ha
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Chillán, dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro. Visto: 1°.- Que, comparece la abogada Carla Nicole Cañón Rubio, en representación de don Louibinnsonn Laroque, de nacionalidad haitiana, interponiendo acción de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en emisión de resolución exenta que ponga fin al procedimiento administrativo aprobando o rec
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