GOTOR GAJARDO, RAMÓN ÁNGEL MANUEL/CORTÉS FERNÁNDEZ, JUAN ALEXIS Y OTRO
Rol
Fecha
16 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°. Que, el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban, o privan del ejercicio legítimo de algunas de las garantías enumeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2°. Que, de la sola lectura de lo que expone la recurrente se desprende que los hechos relatados no constituyen vulneración a alguna de las garantías constitucionales contempladas en el catálogo del artículo 20 de la Carta Fundamental, careciendo la acción intentada de fundamentos que permitan admitirla a tramitación. 3ª Que, a mayor abundamiento los hechos en cuestión dicen relación con incumplimientos contractuales, que deben ser conocidos a través del procedimiento ordinario dispuesto por ley para aquello. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y
Fallo
Fallo del Recurso de protección, se declara INADMISIBLE el recurso interpuesto en favor de don Ramón Ángel Manuel Gotor Gajardo, por improcedente. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 1630-2024 Protección.-
Texto Completo (Preview)
Gotor Gajardo, Ramón Ángel Manuel Cortés Fernández, Juan Alexis y otro Recurso de protección Rol N° 1630-2024.- La Serena, dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban, o privan del ejerci
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