MP.C/ CÉSAR RAFAEL AHUMADA LIRA.
Rol
Fecha
16 de octubre de 2024
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Que, tal como señala el tribunal a quo, con los antecedentes recogidos hasta ahora, se encuentran justificados, mediante el análisis que se permite en esta etapa de la investigación, el delito culposo de homicidio y el de tráfico de pequeñas cantidades de estupefacientes del artículo 4 de la Ley N°20.000. Ello especialmente por el pre-informe del Servicio Médico Legal que determina como causa de muerte una indeterminada y la circunstancia de no encontrarse acreditado que el imputado tuviere conocimiento de las enfermedades cardiovasculares o similares que contraindicarían un tratamiento mediante purga de tabaco, como el aplicado presuntamente a la víctima. Los restantes elementos de convicción no logran determinar la presencia de un dolo eventual de carácter homicida. En cuanto a la droga, ésta se reduce, sin el informe pertinente, por ahora, a aquellas mínimas cantidades a que se refiere el delito del artículo 4 de la ley ya referida. Y se trata de una persona que registra irreprochable conducta anterior. Consecuencialmente, la necesidad de cautela se reduce a las cautelares de menor intensidad que se han dispuesto por el tribunal a quo, con las modificaciones que se señalarán en lo resolutivo, habida cuenta que eventualmente podría existir riesgos para terceros y se trata de una pluralidad de ilícitos. Y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 139, 155, 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto con fecha catorce de octubre pasado, en los autos RIT N°9091-2024, con declaración, que se imponen al imputado César Rafael Ahumada Lira las siguientes cautelares del artículo 155 ya referido: I) Arresto domiciliario nocturno. II) Prohibición de asistir a determinadas reuniones, específicamente a sesiones de terapias alternativas donde participe activamente o como tercero. III) Arraigo nacional. IV) Firma semanal en la Comisaría más cercana a su domicilio. Se previene que si b
Fundamentos
considerando además la pluralidad de ilícitos, esto es, homicidio simple y tenencia de drogas, gravedad de los mismos y penas probables, estuvo por revocar la resolución apelada y decretar la prisión preventiva de César Rafael Ahumada Lira. Comuníquese y devuélvase. Rol N° 3666-2024-Penal
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San Miguel, dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro. Sala: Segunda Rol Corte: 3666-2024-Penal Ruc: 2401227692-K Rit: 9091-2024 JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Relator: Pablo Burchard Maureira Caratulado: MP.C/ CÉSAR RAFAEL AHUMADA LIRA. Tipo de Recurso: Penal-cautelar personal. Escritos proveídos en audiencia: 2 San Miguel, dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: Que, tal
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