SIN INFORMACION

OTNIELA MARÍA MUÑOZ ZAMORA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

16 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Que, a folio 1 se deduce acción de Protección de garantías constitucionales en favor de OTNIELA MARÍA MUÑOZ ZAMORA, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud regularización migratoria de los recurrentes, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de Ley 19.880. Que, las recurridas evacuan sus informes y se traen los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento de las solicitudes de regularización migratoria presentadas por los recurrentes. Segundo: Que, la Subsecretaría del interior por su parte aduce que las solicitudes de los recurrentes se mantienen en tramitación ante el Servicio, no ingresándose aún a su cartera para el conocimiento de las mismas. Tercero: Que, el Servicio Nacional de Migraciones al evacuar su informe solicita el rechazo de la presente acción, pues mediante Oficio Ordinario N°43581, ha remitido todos los antecedentes a la Subsecretaría de Interior. A su vez, esta última entidad administrativa señala que la solicitud de la recurrente encuentra resuelta mediante resolución exenta N°30.042, de fecha 16 de agosto de 2024, la cual fue notificada por oficio N°50.366 de fecha 24 de septiembre de 2024. Cuarto: Que, como se puede apreciar, el presente arbitrio ha perdido oportunidad, toda vez que la recurrida ha dado cuenta del pronunciamiento acerca de lo solicitado por la actora, de manera que el acto ilegal y arbitrario reclamado por el recurrente ha desaparecido, no existiendo medida alguna que adoptar al respecto.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de OTNIELA MARÍA MUÑOZ ZAMORA, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, certifíquese una vez ejecutoriada, y en su oportunidad archívese. N°Protección-5370-2024. En Valparaíso, dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: Que, a folio 1 se deduce acción de Protección de garantías constitucionales en favor de OTNIELA MARÍA MUÑOZ ZAMORA, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud regularización migratoria de los recurrentes, por impedir dicha omisión el

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