JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

MP C/BYRON ANDRÉS ROJAS URZÚA

Rol

Fecha

16 de octubre de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: 1°) Que el Juzgado de Garantía de Puente Alto otorgó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva al condenado Byron Andrés Rojas Urzúa por estimar que cumplía con los requisitos del artículo 15 bis de la Ley N° 18.216. 2°) Que del mérito del proceso y teniendo en consideración que los antecedentes del imputado descartan la concurrencia del requisito previsto en el artículo 15 N°2 de la Ley N°18.216, en tanto demuestran que la conducta anterior del sentenciado al hecho punible impide concluir que la intervención propia de esta pena resulte eficaz para su efectiva reinserción social, motivo por el cual se revocará la resolución en alzada en los términos que se dirá. Por estas consideraciones, y visto, además lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley N°18.216, se revoca, en lo apelado, la sentencia de diecinueve de agosto del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, en la causa RIT 717-2024, y, en su lugar, se declara que no se otorga la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, debiendo el condenado Byron Andrés Rojas Urzúa cumplir efectivamente la pena impuesta. El Tribunal a quo adoptará las medidas correspondientes a objeto de dar cumplimiento a lo resuelto. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Francisco Cruz Fuenzalida, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°3114-2024 Penal

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley N°18.216, se revoca, en lo apelado, la sentencia de diecinueve de agosto del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, en la causa RIT 717-2024, y, en su lugar, se declara que no se otorga la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, debiendo el condenado Byron Andrés Rojas Urzúa cumplir efectivamente la pena impuesta. El Tribunal a quo adoptará las medidas correspondientes a objeto de dar cumplimiento a lo resuelto. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Francisco Cruz Fuenzalida, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°3114-2024 Penal

Texto Completo (Preview)

San Miguel, dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro. Sala: Primera Sala Rol: 3114-2024 Penal Ruc: 2400110961-4 RIT: 717-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Relatora: Andrea Durán Bruce Fiscal: Darío Sanhueza de la Cruz Defensa: José Quiroga Robles Registro de audio: 2400110961-4-91 Imputado: Byron Andrés Rojas Urzúa Tipo de recurso: Apelación/Sentencia Escritos resueltos en aud

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