JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO

MP C/ MAURICIO ANDRES MURUA SCHNEIDER

Rol

Fecha

16 de octubre de 2024

Materia

NO DAR CUENTA DE ACCIDENTE DE TRANSITO ART. 196 D 1 LEY 18.290

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, y teniendo presente que la suma fijada resulta proporcional a la gravedad de los hechos por los cuales ha sido formalizado el imputado y al nivel de ingresos que ha declarado poseer, SE CONFIRMA la resolución de fecha siete de octubre del año en curso, en cuanto fijó una caución de $1.000.000 (un millón de pesos) para la suspensión temporal de la medida cautelar de arraigo nacional que pesa respecto del imputado. Comuníquese por la vía más expedita y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-1883-2024. (csd)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro. A folios 4 y 5: Téngase presente. Al folio 6: A lo principal, primer y tercer otrosí: Téngase presente. Al segundo otrosí: Atendido el mérito de los antecedentes, no ha lugar a tenerlos por acompañados, por cuanto ello resulta incompatible con la naturaleza del presente procedimiento, particularmente a la exigencia de ofrecer y

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