1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN CARLOS

SEPÚLVEDA/OLIVARES

Rol

Fecha

15 de octubre de 2024

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

VISTOS: 1°.- Que, esta causa se ingresó a este Tribunal para conocer del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en contra la resolución de Folio 115 del cuaderno de medida prejudicial, de fecha 28 de Mayo de 2024, en que el Tribunal provee. “estese a lo resuelto con fecha 27 de mayo de 2024, folio 114”, por estimar que con dicha providencia hace suyos los

Fundamentos

fundamentos y lo resuelto en la resolución de fecha 27 de mayo de 2024, folio 114, de manera tal, que incurre en los mismos vicios de que adolece esta última, no existiendo congruencia entre los fundamentos de la solicitud formulada, con los considerandos de la resolución del folio 114. 2°.- Que, en esta causa se decretó la vista conjunta con la causa rol 419-2024 Civil del ingreso de este tribunal, destinada a conocer la apelación de la resolución de folio 114, dictada también en el cuaderno de medida prejudicial, que había acogido la petición formulada por el abogado don Jorge Arancibia Gallardo, en representación de Dayssi Olivares Nilo, dejando sin efecto la medida prejudicial decretada a folio 2, respecto de aquélla, recaída sobre el Vale Vista N°0071992, emitido el 15 de junio de 2021, en Banco Santander Chile, sucursal Parral, por el monto de $7.334.582, donde este Tribunal anulo lo obrado desde el folio 114 del cuaderno de medida prejudicial en adelante, reponiéndose la causa al estado que Juez no inhabilitado, provea como en derecho corresponda la solicitud de folio 102. 3°.- Que, en consecuencia, al haberse anulado lo actuado desde el folio 114 en adelante, se comprende en dicha anulación la resolución apelada en estos autos, de folio 115, por lo que el recurso de apelación deducido en contra de esta última resolución, carece de objeto, por haber sido dejada sin efecto. Por lo señalado precedentemente, se estima inoficioso emitir pronunciamiento y devuélvanse estos autos a su tribunal de origen, dándose de baja en los registros respectivos. Anótese y regístrese. Redacción a cargo del ministro Guillermo Arcos Salinas. No firma el abogado señor Ortega, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por no haber integrado hoy. Rol 623 - 2024.- CIVIL.-

Texto Completo (Preview)

Chillán, quince de octubre de dos mil veinticuatro. - VISTOS: 1°.- Que, esta causa se ingresó a este Tribunal para conocer del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en contra la resolución de Folio 115 del cuaderno de medida prejudicial, de fecha 28 de Mayo de 2024, en que el Tribunal provee. “estese a lo resuelto con fecha 27 de mayo de 2024, folio 114”, por estimar que con dic

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