JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

ANTONELLA PATRICIA GONZALEZ MOLLO C/ RICARDO MARCELO SOSSA BURGOS

Rol

Fecha

15 de octubre de 2024

Materia

INJURIAS Y CALUMNIAS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL. ART. 29 LEY 19733.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: PRIMERO: Que, la querellante ANTONELLA PATRICIA GONZALEZ MOLLO, en causa RIT: 32062024, RUC: 2410021961-8, presenta recurso de apelación, en contra de la resolución dictada con fecha doce de septiembre del dos mil veinticuatro, que declaró abandonada la querella, solicitando se revoque la resolución recurrida y en su lugar se resuelva que se deja sin efecto el abandono la querella, continuando con la tramitación regular del juicio. SEGUNDO: Que, al fundamentar su recurso de enmienda, indica que con fecha siete de mayo del año en curso, dedujo una querella criminal por los delitos de injurias y calumnias graves, en contra de una serie de personas. Explica que se fijó audiencia de prueba anticipada y de eventual salida alternativa para el día doce de septiembre del dos mil veinticuatro y por último, se fijó audiencia de factibilidad técnica, para el día 24 de septiembre del 2024. Cuenta que con fecha doce de septiembre del dos mil veinticuatro, se llevó a efecto la audiencia de prueba anticipada en la que se resolvió que, no habiendo comparecido ni la querellante, ni el abogado, se declaró abandonada la querella, fijándose audiencia de sobreseimiento definitivo para el día 16 de septiembre del 2024. Afirma que el abandono de la querella decretada en la audiencia del día doce de septiembre del dos mil veinticuatro, fue dictada contra derecho, específicamente contra lo dispuesto en el artículo 120 del Código Procesal Penal, ya que no se encuentra en ninguna de las tres hipótesis allí señaladas. Insiste en que la audiencia del doce de septiembre, no fue una audiencia de preparación de juicio, que fue realizada el tres de Julio y tampoco fue una audiencia de juicio, agendada para el siete de octubre, a lo que añade que nunca se enteró que su abogado había renunciado al patrocinio, sino hasta el 16 de septiembre, donde se le notificó el abandono de la querella. TERCERO: Que, no resulta posible soslayar, que la audiencia de fecha doce de septiembre del año dos

Fallo

Por estas consideraciones y lo que disponen los artículos 120, 191 y 280 del Código Procesal Penal, SE DECLARA: SE CONFIRMA la resolución de doce de septiembre del año dos mil veinticuatro, que declaró abandonada la querella en los presentes autos. Redactó el Ministro Pablo Zavala Fernández. Regístrese. Rol N° 829-2024 Penal.

Texto Completo (Preview)

ARICA, quince de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO: PRIMERO: Que, la querellante ANTONELLA PATRICIA GONZALEZ MOLLO, en causa RIT: 32062024, RUC: 2410021961-8, presenta recurso de apelación, en contra de la resolución dictada con fecha doce de septiembre del dos mil veinticuatro, que declaró abandonada la querella, solicitando se revoque la resolución recurrida y en su lugar se resuelva que s

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