GUEVARA CASTILLO ROXIBEL ROISED/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
15 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Ernesto Manríquez Mendoza, abogado, e interpone acción de amparo en favor de doña Roxibel Roised Guevara Castillo, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la actuación arbitraria e ilegal consistente en la orden de archivo de la solicitud de residencia definitiva que afecta a la amparada, lo que vulnera la garantía constitucional de libertad personal, consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, en cuanto a su libertad de circulación y el derecho a residir en cualquier lugar de la República. Señala que, la amparada mantenía una visa sujeta a contrato, la que fue concedida por un año, entre el 14 de enero de 2019 y el 14 de enero de 2020, y en razón por el cierre de las oficinas de Extranjería producto del estallido social como por la pandemia de COVID-19, no pudo efectuar la renovación de tal permiso. Precisa que, con la visa vencida, el 20 de abril de 2021, la recurrente solicitó una residencia definitiva, sin embargo, habiendo sido asesorada que dicha residencia sería rechazada, al haber postulado más de un año del vencimiento de su visa anterior, le llevó a postular el 8 de julio de 2021 a la regularización migratoria del artículo Octavo Transitorio de la Ley de Migración y Extranjería, la que fue concedida mediante la Resolución Exenta Nº 22264065, de fecha 24 de junio de 2022, otorgándosele 1 año de residencia temporal. Añade que, cumpliendo el requisito de período de residencia temporaria, a continuación, solicitó la residencia definitiva, y dentro de plazo, el 25 de mayo de 2023, solicitó su residencia definitiva a través del sistema informático del Servicio Nacional de Migraciones. Indica que, esta nueva solicitud, sin embargo, fue archivada por el Servicio Nacional de Migraciones mediante la Resolución Exenta Nº 24215844, de fecha 3 de mayo de 2024, fundado en que cuenta con una residencia otorgada mediante Resolución Exenta N
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Roxibel Roised Guevara Castillo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Que sin perjuicio de lo anterior, atendido que la solicitud migratoria fue efectuada en el mes de mayo de 2023, sin que a la fecha existiere pronunciamiento a su respecto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley N° 21.325, se ordena a la autoridad recurrida emitir el pronunciamiento, que en derecho corresponda sobre la solicitud de residencia definitiva que tiene pendiente dentro del plazo de sesenta días hábiles contados desde que el presente fallo quede firme y ejecutoriado. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Amparo-2682-2024. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Antonio Ulloa Márquez, señora Verónica Cecilia Sabaj Escudero y la Abogado Integrante señora Claudia Candiani Vidal. En Santiago, quince de octubre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, quince de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Ernesto Manríquez Mendoza, abogado, e interpone acción de amparo en favor de doña Roxibel Roised Guevara Castillo, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la actuación arbitraria e ilegal consistente en la orden de archivo de la solic
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