CHAPARRO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
15 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Con fecha 17 de mayo de 2024, comparece Richard Ramón Chaparro Guillen, de nacionalidad venezolana, quien representado por abogado interpone recurso de reclamación contra la Resolución Exenta N°12.905 dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, el 2 de abril de 2024 y notificada al recurrente el día 8 de mayo de 2024, a través de la cual se determinó su expulsión del territorio nacional. Expone que el reclamante es un ciudadano venezolano que ingresó a territorio nacional el día 20 de diciembre de 2023, por paso no habilitado, con el objeto de reunirse con su conviviente e hijas, en la búsqueda de nuevas oportunidades laborales para mejorar su calidad de vida y la de su familia. Luego de establecer su domicilio en la ciudad de Santiago, manifiesta que realizó la respectiva autodenuncia por ingreso clandestino a través de internet, con fecha 3 de enero del año en curso. No obstante lo anterior, señala que el día 8 de enero fue fiscalizado por personal de la Policía de Investigaciones, quienes luego de trasladarlo a sus dependencias le indicaron que en sistema no se visualizaba su autodenuncia, por lo que la ingresó nuevamente, entregándosele en dicha oportunidad solo la tarjeta de extranjero infractor. Previa referencia a su situación académica como bachiller en ciencias y a su trabajo durante 30 años en distintos operadores de telefonía móvil y fija en su país de origen, indica que al no encontrar trabajo en dicha área comenzó a desempeñarse como ayudante de cocina en un local de sushi ubicado en la comuna de Puente Alto. Refiere que el día 8 de mayo del año en curso, se le notificó de la resolución impugnada, sin mantener en su poder, según afirma, copia alguna de la respectiva notificación de inicio del procedimiento sancionatorio de orden de expulsión. Luego de profundizar sobre su situación laboral y familiar, acompañando antecedentes relacionados al proceso, enfatiza en que el recurrente ingresó al país solo, con e
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la Ley 21.325, se rechaza el recurso de reclamación interpuesto en favor de Richard Ramón Chaparro Guillen. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Contencioso Administrativo-334-2024. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por las Ministras señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, señora Carolina S. Brengi Zunino y el Abogado Integrante señor Jorge Gómez Oyarzo. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, quince de octubre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, quince de octubre de dos mil veinticuatro. A los folios N° 10 y 11; A todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Con fecha 17 de mayo de 2024, comparece Richard Ramón Chaparro Guillen, de nacionalidad venezolana, quien representado por abogado interpone recurso de reclamación contra la Resolución Exenta N°12.905 dictada por el Servicio Nacional de Migr
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