SIN INFORMACION

VIVAS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

15 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, por sí y en representación de don Wilmer Alexander Vivas Zamudio, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por haber omitido emitir la resolución exenta que pone fin al procedimiento administrativo aprobando o rechazando la solicitud de residencia definitiva del recurrente. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que excede el plazo legal establecido en la Ley N° 19.880, vulnerando con ello el derecho a la igualdad ante la ley, que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas en su artículo 19 N° 2, por lo que solicita se ordene al recurrido pronunciarse sobre la solicitud dentro de un plazo razonable. Expone que ingresó al país en calidad de turista, cambiando posteriormente su condición migratoria a residente temporario. Aproximadamente en noviembre de 2022, solicitó el beneficio migratorio de residencia definitiva, realizando el pago correspondiente dentro del plazo indicado. Sin embargo, a la fecha de interposición del recurso, no ha recibido respuesta alguna por parte del servicio recurrido. Señala que esta demora lo ha privado de derechos fundamentales, limitándolo en trámites esenciales de la vida cotidiana, como actos de compra-venta, realización de inversiones, acceso a financiamientos o créditos, apertura de cuentas bancarias, solicitud de licencia de conducir, entre otros. Sostiene que estas limitaciones se deben a la falta de una cédula de identidad vigente, lo que le impide identificarse adecuadamente ante diversas instituciones. Argumenta que la omisión recurrida vulnera los principios de celeridad, economía procedimental e inexcusabilidad, consagrados en la Ley N° 19.880. Cita el artículo 27 de dicha ley, que establece un plazo máximo de 6 meses para la conclusión del procedimiento administrativo, salvo caso fortuito o

Fundamentos

considerando dicha circunstancia. Regístrese, comuníquese y, en su oportunamente, archívese. N°Protección-15500-2024.

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se ordene al Servicio Nacional de Migraciones pronunciarse sobre la solicitud de residencia definitiva dentro de un plazo razonable, conforme a los principios que le impone su reglamentación en el artículo 37 de la Ley N° 21.325 y en el artículo 46 de su Reglamento contenido en el Decreto Supremo N° 296 de 2022, o el que la Corte estime conforme al mérito de autos, adoptando las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que en su informe, el Servicio Nacional de Migraciones solicita el rechazo del recurso de protección, oponiendo como defensas principales: la inadmisibilidad de la acción, la falta de legitimación pasiva, y subsidiariamente, la inexistencia de un acto ilegal o arbitrario que vulnere garantías constitucionales del recurrente. En cuanto a la inadmisibilidad, argumenta que la acción de protección no cumple con los requisitos básicos exigidos por la Constitución y el Auto Acordado respectivo. Sostiene que no existe vulneración, ni siquiera en grado de amenaza, de las garantías fundamentales alegadas como consecuencia de alguna conducta del Servicio. Respecto a la falta de legitimación pasiva, alega que, conforme a la jurisprudencia citada, no es la entidad pasivamente legitimada para ser objeto de esta acción, sino que serían los organismos públicos o privados que eventualmente desconozcan la vigencia de la cédula de identidad del extranjero

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, quince de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, por sí y en representación de don Wilmer Alexander Vivas Zamudio, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por haber omitido emitir

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica