APART HOTEL TALCAHUANO SPA/CÁCERES
Rol
Fecha
15 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Comparece doña RUTH ANDREA FLORES CÁCERES, en su calidad de gerente general en representación legal según se acreditará de APART HOTEL TALCAHUANO SPA, persona jurídica, Rut 77.107.202-K, giro de su denominación, ambos con domicilio en Camino a Puralihue S/N, comuna de Trehuaco, Región de Ñuble, quién interpone acción de protección constitucional en contra de don BENITO ANTONIO CÁCERES AVILA, ignora profesión u oficio, con domicilio en Camino a Los Rarines Km 3, sector Puralihue s/n. Funda su acción de protección en que la Sociedad recurrente es una empresa familiar que tiene cabañas e instalaciones sobre un terreno de propiedad de Isabel Flores Cáceres en comunidad con don Benito Ávila Cáceres, siendo vecinos en el terreno del sector Puralihue, debido a que don Benito construyo una vivienda a 300 metros del sector de piscinas del centro turístico dentro del mismo inmueble. Señala que la Sociedad Apart Hotel Talcahuano Spa, mantiene un contrato de arrendamiento vigente con la Sra. Isabel Flores Cáceres que lo habilita para ejercer su actividad comercial en dicho lugar de arrendamiento de cabañas e instalaciones turísticas, singularizado como Domo Rayen, en que existe una casa estilo domo e instalaciones turísticas con terraza, piscina y tinaja adquiridas aproximadamente desde el año 2020. Agrega que el recinto cuenta con todos los permisos y resoluciones pertinentes para su funcionamiento, e incluso cuenta con su registro en el Servicio Nacional de Turismo, siendo incluso parte de la Directiva de la Cámara de Turismo de Trehuaco. Sostiene que durante todos estos años, el recurrido ha realizado diversos actos tenientes a denostar la imagen pública de la sociedad impidiéndole ejercer su actividad comercial, aun cuando existen todos los permisos, registros y resoluciones en orden tanto municipales, de salud y tributarios para ejercer una actividad comercial remunerada. Pero que el hecho gatillante y fundante del presente recurso se remonta al día 01 de Julio
Fallo
Por estas consideraciones, y atendido además lo dispuesto en el Artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se rechaza, sin costas, el Recurso de Protección interpuesto por doña Ruth Andrea Flores Cáceres, en su calidad de gerente general y en representación de Apart Hotel Talcahuano SpA, en contra de don Benito Antonio Cáceres Ávila. Regístrese, notifíquese y archívese. Redacción de la abogada integrante Paula Cornejo Baraona, quien no firma por no haber integrado hoy. ROL CORTE N°828-2024.
Texto Completo (Preview)
Chillán, quince de octubre de dos mil veinticuatro Visto: Comparece doña RUTH ANDREA FLORES CÁCERES, en su calidad de gerente general en representación legal según se acreditará de APART HOTEL TALCAHUANO SPA, persona jurídica, Rut 77.107.202-K, giro de su denominación, ambos con domicilio en Camino a Puralihue S/N, comuna de Trehuaco, Región de Ñuble, quién interpone acción de protección constituc
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