SIN INFORMACION

OLAVE ASTORGA MAURICIO / SEPTIMO JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO (ACUMÚLESE A PRESENTE CAUSA EL INGRESO CORTE N°5293-2024 PENAL)

Rol

Fecha

15 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 9 de septiembre de 2024 comparece el abogado Octavio Pino Reyes, defensor penal, en representación de Mauricio Olave Astorga, imputado en causa RUC Nro. 1800288321-6, RIT Nro. 12355-2023, seguida ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 6 de septiembre de 2024, dictada por la jueza Paulina Mota Jiménez, la que tuvo por interpuesto recurso de apelación subsidiario deducido por la víctima en contra de la resolución de 27 de agosto del presente, la cual rechazó incidente de nulidad procesal. Argumenta que la resolución que rechaza un incidente de nulidad procesal no se encuentra en las hipótesis contempladas en las letras a) y b) del artículo 370 del Código Procesal Penal, esto es poner término al procedimiento, suspenderlo por más de 30 días o encontrarse expresamente establecida en la ley su posible impugnación, no siendo, en consecuencia, apelable la resolución individualizada Pide que se deniegue la apelación concedida. Segundo: Que el 9 de septiembre de 2024 comparece la abogada Claudia Perivancich Hoyuelos, Fiscal Regional de la Fiscalía Regional de Valparaíso, en representación de Mauricio Olave Astorga, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 6 de septiembre de 2024, ya individualizada en el fundamento anterior. Expone que el 30 de julio de 2024 se dictó en audiencia petición de sobreseimiento definitivo por inexistencia de delito respecto de los hechos denunciados por la abogada Vania Boutard, promoviendo en la misma oportunidad, esta última, incidente de nulidad de lo obrado por supuesta inhabilidad de la magistrada que resolvió. En contra de esta decisión dedujo recurso de reposición que fue rechazado y apelación subsidiaria, que fue concedida mediante la resolución recurrida de hecho. Argumenta que la resolución que rechaza un incidente de nulidad procesal no se encuentra en ninguna de las hipótesis contempladas en las letras

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con a lo dispuesto en el artículo 369 del Código Procesal Penal, se acogen los recursos de hecho interpuestos en representación del imputado Mauricio Olave Astorga y por el Ministerio Público, respectivamente, en contra de la resolución de seis de septiembre de dos mil veinticuatro, que concedió el recurso de apelación y, en su lugar, se declara inadmisible la apelación interpuesta por la víctima, el treinta de agosto del presente, en contra de la resolución de veintisiete de agosto del mismo año. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Déjese copia autorizada del presente fallo en el Ingreso Rol Nro. 5212-2024 (Penal). Rol de Ingreso Nro. 5292-2024 (Penal)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago. Santiago, quince de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 9 de septiembre de 2024 comparece el abogado Octavio Pino Reyes, defensor penal, en representación de Mauricio Olave Astorga, imputado en causa RUC Nro. 1800288321-6, RIT Nro. 12355-2023, seguida ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, e interpone recurso de hecho en contra

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