CONDOMINIO PARCELACION EL KIWAL LOTE 12-B Y OTRO / RAMÍREZ TABILO VICTORIA
Rol
Fecha
15 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Víctor Hugo Ahumada Fuentes, abogado, en representación de la Directiva de la Junta de Vecinos de la Parcelación el Kiwal, representada legalmente por Paola Eugenia Venturini Grez, Víctor Manuel Tardón Vargas y Ricardo William Cornejo González, todos domiciliados en Camino Lonquén Norte Nº11.330, Parcela 18, comuna de Calera de Tango, de la Directiva de la Junta de Vecinos de la Parcelación el Kiwal II, representada por Ricardo William Cornejo González, presidente de la comunidad, con domicilio en Parcelación El Kiwal II, Condominio Jardín El Kiwal, parcela 9, Comuna Calera de Tango, quienes deducen recurso de protección en contra de Victoria Cristina Ruth Ramírez Tabilo, ignora profesión u oficio, domiciliada en Camino Lonquén Norte Nº11.330, parcela 5, comuna de Calera de Tango, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la obstrucción del libre acceso y uso y goce de los bienes gravados como servidumbre en la propiedad de la parcela Nº5 y la interrupción del uso del pozo profundo de agua potable de la comunidad, lo que vulnera las garantías dispuestas en el artículo 19 Nº1, 2, 8 y 24 de la Constitución Política de la República, solicitando que se acoja el presente recurso, se ordene la liberación del uso del pozo de agua ya descrito, se disponga sacar el candado puesto en la reja de acceso a la zona del mismo, dejando libre el camino de servidumbre de tránsito que da acceso al pozo, tranque y sala de máquinas, con costas. Expone que la recurrida es dueña de la parcela Nº5, la cual tiene una superficie de 5000 metros cuadrados y es la que más gravámenes tiene que soportar en favor de la comunidad, consistentes en servidumbres de acueducto, de tuberías para las instalaciones eléctricas, tuberías para la instalación telefónica y de tránsito, por lo cual queda prohibido toda plantación o construcción sobre el trazado de las redes de distribución de agua de pozo y riego. Añade que teniendo en vista lo anterior, la recurri
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las garantías Fundamentales, se declara que se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por la Directiva de la Junta de Vecinos de la Parcelación el Kiwal y la Directiva de la Junta de Vecinos de la Parcelación el Kiwal II en contra de Victoria Cristina Ruth Ramírez Tabilo. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N° 4123-2024-Protección.
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que se anunciaron y alegaron por el recurso el abogado don Roberto Zúñiga Rodríguez y en contra de éste el abogado don Roberto Jorquera Flores. En San Miguel, a 15 de octubre de 2024, Emil Ibarra Sáez, relator San Miguel, quince de octubre de dos mil veinticuatro. A los escritos folios N°s 19, 20 y 21: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Víctor Hugo Ahumada
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