QUISPE RAMOS ERMINIA / ASOCIACION CHILENA DE SEGURIDAD
Rol
Fecha
15 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Compareció mediante formulario escrito doña Herminia Quispe Ramos, quien reduce recurso de protección en contra de la Asociación Chilena de Seguridad, por la dictación de la resolución que calificó como enfermedad común una dolencia originada con ocasión del trabajo, en su labor de manipuladora de alimentos, lo cual conculca su derecho de propiedad al tener que pagar su tratamiento, solicitando que sea dejada sin efecto la resolución exenta contra la cual recurre y se ordene a la recurrida que sea acogida su solicitud de atención. SEGUNDO: Que evacuando el informe respectivo compareció en representación de la Asociación Chilena de Seguridad el abogado Patricio Castillo Barrios, quién solicitó el rechazo. En un primer capítulo indica, que la naturaleza de la acción no goza del preciso y necesario carácter de indubitado, propio y necesario de los derechos que son resguardados mediante la presente acción, ya que la solicitud dice relación con efectuar una declaración en su favor lo que no corresponde. Con respecto a los hechos sostiene que la recurrente se desempeña como operadora de maquinaria en una fábrica de chocolates, la cual se presentó en sus dependencia el 5 de marzo del presente año, manifestándose afectarle un cuadro de 6 meses de evolución caracterizado por dolor en brazo y codo derecho, sin la presencia de un mecanismo de trauma asociado a su génesis y que la trabajadora lo vincula al quehacer laboral, dándose aplicación al protocolo de calificación de patologías musco esqueléticas, el cual se encuentra normado por la superintendencia de seguridad social, efectuándose un estudio del puesto de trabajo y exámenes. Sostiene que el 20 de marzo del presente año, el comité de calificación de patologías, el cual está integrado por un médico con especialidad en medicina del trabajo, un kinesiólogo y un médico traumatólogo, concluyeron que el cuadro clínico cuyo diagnóstico es “epicondilitis derecha”, es de naturaleza común, por tante debe de s
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, SE RECHAZA, por haber perdido oportunidad, el recurso deducido por Herminia Quispe Ramos, en contra de la Asociación Chilena de Seguridad. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-17.217-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, quince de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: PRIMERO: Compareció mediante formulario escrito doña Herminia Quispe Ramos, quien reduce recurso de protección en contra de la Asociación Chilena de Seguridad, por la dictación de la resolución que calificó como enfermedad común una dolencia originada con ocasión del trabajo, en su labor de manipuladora de alimentos, lo
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