C.J.L.L Y J.J.V.S./ JUZGADO DE GARANTIA DE MELIPILLA
Rol
Fecha
15 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el defensor penal público, Mauricio Riveaud Ortiz, en representación de los adolescentes de iniciales C. J. L. L. y J. J. V. S., imputados en causa RIT N° 1686-2024, para interponer recurso de amparo en contra de la resolución de 7 de octubre de 2024, dictada por el Juzgado de Garantía de Melipilla, que resolvió aumentar el plazo de investigación en 30 días, excediendo lo preceptuado en el artículo 38 de la Ley 20.084, constituyendo dicha resolución una amenaza a la garantía constitucional contemplada en el artículo 19° N° 7 de la Constitución Política de la República. Explica que el 11 de junio de 2024 los imputados fueron formalizados por los delitos de robo con intimidación y el delito de porte ilegal de municiones, fijándose 60 días como plazo de investigación, el Ministerio Público efectuó solicitud de ampliación de plazo, lo que fue discutido en audiencia de 13 de agosto del año en curso, ampliándose por 30 días. Añade que el 9 de septiembre de los corrientes el Ministerio Público solicitó nuevamente ampliación del plazo de investigación, por lo que se fijó audiencia para su discusión el 7 de octubre en la que se accedió a la solicitud del ente persecutor, pese a la oposición de la defensa, fijando un aumento de plazo por 30 días más. Indica que los imputados se encuentran en internación provisoria desde la audiencia de formalización, y se encuentran sujetos a un plazo de investigación de 149 días, no obstante, haberse impuesto en el inicio, un plazo de 60 días. Argumenta que, el plazo de investigación en causas seguidas contra adolescentes se rige por el artículo 38 de la ley 20.084, ya que constituye la norma especial aplicable a su respecto. Esta refiere literalmente: “Artículo 38. Plazo para declarar el cierre de la investigación. Transcurrido el plazo máximo de seis meses desde la fecha en que la investigación hubiere sido formalizada, el fiscal procederá a cerrarla, a menos que el juez le hubiere fij
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Certifico que se anunció y alegó en la Tercera Sala, por el recurso la postulante de la Defensoría Penal Pública Rosario Silva Sepúlveda, y contra el recurso el abogado Jonathan Morales Altamirano. San Miguel, 15 de octubre de 2024. Patricia Ampuero Pulgar. Relatora. San Miguel, quince de octubre de dos mil veinticuatro. A los folios 6 y 7: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero:
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