/ÁLVAREZ
Rol
Fecha
15 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Con fecha diez de octubre del año en curso, don Hellmar Teuber Soto, Defensor Penal Público, recurre de amparo en favor de Jefferson José Trujillo Godoy, en contra de la resolución de 4 de octubre de 2024 dictada por don Pablo Álvarez Solís, Juez titular del Juzgado de Garantía de Osorno, en causa RIT 2402-2024, RUC 2400568173-8, que despachó orden de detención por no concurrir a la audiencia de procedimiento simplificado, lo que vulnera su derecho constitucional establecido en el artículo 19 N° 7 de la Carta Fundamental. Funda su recurso en que el 20 de mayo de 2024 se controló la detención del amparado, oportunidad en que se formalizó la investigación por el presunto delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar. Agrega que el 3 de septiembre de 2024 se presentó requerimiento en procedimiento simplificado y, posteriormente, se fijó audiencia para el cuatro de octubre pasado. Sostiene que el imputado no compareció a la audiencia y la víctima indicó que éste ya no viviría en el domicilio que entregó en la audiencia de formalización, por lo que el Ministerio Público solicitó nuevo día y hora. Añade que el Juez recurrido le manifestó al ente persecutor que en estricto rigor procede una orden de detención, por lo que Fiscalía modificó su petición. Expresa que la defensa se opuso a la solicitud del Ministerio Publico fundado en que el amparado fue notificado el 25 de septiembre de 2024 y, por ende, no se encontraba válidamente emplazado, al no haber transcurrido el plazo previsto en el artículo 393 del Código Procesal Penal. Aduce que el Juez del grado estimó que el imputado no estaba eximido del deber de comparecer a la audiencia, pese a reconocer que la notificación debe practicarse con antelación legal. Arguye que el amparado fue notificado con nueve días de antelación a la audiencia, por lo que se despachó una orden de detención en un caso no habilitado por la ley. Cita jurisprudencia en apoyo a sus asertos. En definitiva, solici
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la resolución judicial que se pretende impugnar por esta vía consiste en que el 4 de octubre de 2024 el Juez de Garantía de Osorno despachó orden de detención en contra del amparado por no concurrir a la audiencia prevista en el artículo 395 del Código Procesal Penal, en causa en causa RIT 2402-2024, RUC 2400568173-8, en circunstancias que no fue emplazado con la antelación que contempla el artículo 393 del mismo cuerpo de normas. SEGUNDO: Que, el artículo 393 del Código Procesal Penal contempla expresamente que el imputado deberá ser citado con, a lo menos, diez días de anticipación a la fecha de la audiencia. Y ocurre que es un hecho inconcuso que en el presente caso no se cumplió con tal hipótesis normativa, lo que supone que no fue emplazado válidamente. TERCERO: Que, la excepcionalidad de la procedencia del recurso de amparo para atacar resoluciones judiciales requiere de una manifiesta afectación de la libertad personal del recurrente, lo que acontece en la especie, desde que la decisión de despachar orden de detención en contra del amparado resulta contraria al contexto factico de la causa. CUARTO: Que, conforme a lo expuesto, cabe acoger el presente recurso, en los términos que se dirán en lo resolutivo de este fallo.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además, lo establecido en los artículos 19 N° 7 y 21 de la Constitución Política de la República y artículo 127 del Código Procesal Penal, se ACOGE, el recurso de amparo en deducido en favor de Jefferson José Trujillo Godoy y, en consecuencia, se deja sin efecto la orden de detención despachada en contra del amparado. Regístrese y comuníquese. N°Amparo-259-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, quince de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Con fecha diez de octubre del año en curso, don Hellmar Teuber Soto, Defensor Penal Público, recurre de amparo en favor de Jefferson José Trujillo Godoy, en contra de la resolución de 4 de octubre de 2024 dictada por don Pablo Álvarez Solís, Juez titular del Juzgado de Garantía de Osorno, en causa RIT 2402-2024, RUC 240
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