JUZGADO DE GARANTIA DE OSORNO

MP C/ AGUSTIN PIHER SILVA PEREZ

Rol

Fecha

15 de octubre de 2024

Materia

FEMICIDIO INTIMO ART. 390 BIS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos en esta audiencia, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha cinco de octubre de dos mil veinticuatro, en virtud de sus propios fundamentos. Acordado lo anterior con el voto en contra de la Ministra Sra. Marcia Undurraga Jensen, quien fue de la opinión de revocar la resolución en alzada y decretar medidas cautelares de menor intensidad, como el arresto domiciliario total, atendida la edad del imputado, sus problemas de salud mental y el peligro de contacto criminógeno. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° Penal-1465-2024. La Ministro de fe que suscribe, deja constancia que la acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, quince de octubre de dos mil veinticuatro. Srta. Daniela Verdugo Pulgar, Relatora Titular. En Valdivia, quince de octubre de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, su lugar, se decreten medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, sugiriéndose las de las letras a) arresto domiciliario total, d) arraigo nacional y c) firma semanal ante Carabineros de Chile, o las que esta Corte estime convenientes. A continuación alega el Ministerio Público y solicita se confirme la resolución apelada, en virtud de fundamentos de hecho y derecho que expone en audiencia. Las intervinientes hacen uso de su derecho a réplica, insistiendo en sus planteamientos. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminada la intervención, comunica y da lectura a la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos en esta audiencia, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha cinco de octubre de dos mil veinticuatro, en virtud de sus propios fundamentos. Acordado lo anterior con el voto en contra de la Ministra Sra. Marcia Undurraga Jensen, quien fue de la opinión de revocar la resolución en alzada y decretar medidas cautelares de menor intensidad, como el arresto domiciliario total, atendida la edad del imputado, sus problemas de salud mental y el peligro de contacto criminógeno. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° Penal-1465-2024. La Ministro de fe que suscribe, deja constancia que la acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, quince de octubre de dos mil veinticuatro. Srta. Daniela Verdugo Pulgar, Relatora Titular. En Valdivia, quince de octubre de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA QUINCE DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO, PARA LA VISTA - POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA DEFENSA PRIVADA EN CAUSA RUC: 2401049730-9, RIT: 5555-2024, ROL CORTE N° PENAL-1465-2024. Siendo las 09:31 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia de la Ministra Pre

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