MORENO ANGULO, MIGUEL DAVID/ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES PLANVITAL S.A
Rol
Fecha
14 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Miguel David Moreno Angulo, cédula nacional de identidad N°25.605.799-9, de nacionalidad venezolana, domiciliado en Regimiento Arica N°301, La Serena, interponiendo acción constitucional de protección en contra de A.F.P. Plan Vital S.A. por haber rechazado su solicitud de devolución de sus fondos de capitalización individual. Como garantías vulneradas indica aquellas contenidas en los numerales 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que el 05 de septiembre del año en curso solicitó el retiro de sus fondos de AFP a través de la plataforma web de la recurrida y que se le comunicó por correo electrónico que no era posible admitir su petición debido a que no se puede corroborar la validez de la ‘constancia de afiliación al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS)’ por cuanto la pagina web oficial de esta institución no se encuentra operativa. Indica que no obstante la respuesta recibida, lo cierto es que adjuntó a su solicitud dos documentos, a saber, la ya señalada ‘constancia de afiliación’ y una ‘constancia electrónica de cotizaciones del IVSS’, cuya validez sí podría ser verificada en la respectiva página web. Sostiene que la recurrida incurre en un acto ilegal y arbitrario al no acoger a trámite su solicitud de devolución de fondos sin tomar en consideración el segundo documento acompañado a su petición y conforme al cual se demostraría el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley N°18.156 y la Circular N°533 de la Superintendencia de AFP para acceder al dinero de su cuenta de capitalización individual. Aduce, además, que no sería procedente exigirle otros antecedentes teniendo en consideración que es un hecho público y notorio el cierre de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Chile por motivos políticos. Sostiene que los hechos descritos conculcan su derecho de propiedad sobre los fondos de su cuenta de capitalización individual al impedírsele disponer de ellos en circunstancias que cumpliría los requisitos legales y reglamentarios para su retiro excepcional. Alega, además, que se afecta su derecho a la igualdad ante la ley al no otorgarle un beneficio al que otros afiliados han podido acceder en situaciones semejantes a la suya. Previas citas de derecho solicita acoger la acción deducida y, en definitiva, ordenar a la recurrida que otorgue validez a los instrumentos presentados junto a su solicitud y, en consecuencia, la acoja, disponiendo la entrega de la totalidad de los fondos de su cuenta de capitalización individual. SEGUNDO: Que, evacuó informe la recurrida solicitando el rechazo del recurso con costas. Expresa que, en efecto, el 05 de septiembre de 2024 se le envió un correo al afiliado señalando que no es posible admitir la solicitud ya que no se puede verificar la constancia de afiliación al sistema previsional de Venezuela otorgada por la Embajada de Venezuela en Chile. Al respecto, explica que para acceder al benefic
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, SE ACOGE con costas, el recurso de protección interpuesto por Miguel David Moreno Angulo, en contra de A.F.P. Plan Vital S.A y, en consecuencia, se dispone que la recurrida deberá entregar al recurrente los fondos de su cuenta de capitalización individual dentro de un plazo de 30 días corridos desde que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada. Acordada la decisión con la prevención de la Ministra suplente señora Hernández quien estuvo por acoger el recurso pero únicamente con la finalidad que el recurrido procediera a efectuar un nuevo análisis de los antecedentes considerando para ello como suficiente un certificado vigente emitido por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, ello en razón de situación de excepcionalidad del régimen establecido en la Ley 18156. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N°1534-2024 (Protección)
Texto Completo (Preview)
Moreno Angulo, Miguel David Administradora de Fondos de Pensiones Planvital S.A. Recurso de Protección Rol N°1534-2024.- La Serena, catorce de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Miguel David Moreno Angulo, cédula nacional de identidad N°25.605.799-9, de nacionalidad venezolana, domiciliado en Regimiento Arica N°301, La Serena, interponiendo acción cons
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