SIN INFORMACION

SEPÚLVEDA/COMUNIDAD EDIFICIO LOOK

Rol

Fecha

14 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece por si Camila Sepúlveda Constanzo, quien deduce acción constitucional de protección en contra de Comunidad Edificio Look, propietaria del inmueble denominado Edificio Look, representado por su administrador Gerardo Jara Palma, por el acto ilegal y arbitrario de no permitirle gozar y disponer de los bienes muebles que tiene guardados en la bodega de la comunidad recurrida, afectando su derecho de propiedad sobre los mismos. Señala que fue parte de la comunidad del edificio de la recurrida en calidad de arrendataria del departamento 1506, el estacionamiento 134, y la bodega 134, desde el 1 de septiembre de 2021 hasta el pasado 30 de abril de 2024. Añade que informado su arrendador que entregaría el departamento el 2 de mayo del presente año, este le dio el respectivo salvoconducto a fin de trasladar sus bienes muebles que tenía en el departamento. Agrega que el 28 de abril fue al edificio con una camioneta para retirar sus cosas, lo que fue impedido por el conserje del edificio, quien señaló actuar por instrucciones del administrador, quien solo después de muchas discusiones y epítetos groseros para la pareja de la recurrente, les permitió sacar algunos bienes muebles de la bodega. Refiere que el martes 30 de abril, día de su mudanza, el conserje del día le indica que no podría realizarla, por no haber avisado la misma y porque tiene una deuda de gastos comunes. Luego de una larga discusión, la recurrente pagó los gastos comunes y pudo sacar parte de sus cosas muebles, teniendo que dejar el resto en la bodega que arrienda su pareja en la misma comunidad, con temor que llegada la oportunidad le vuelvan a colocar problemas. Indica que estas dos ocasiones en que no le permitieron retirar sus cosas con libertad le han causado perjuicio patrimonial, por cuando tenía contratado camioneta y camión de mudanza, que tuvo que pagar horas extras o no aprovechar durante todo el periodo contratado. Concluye, que por el actuar

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República de Chile y el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción deducida en favor de Camila Sepúlveda Constanzo, en contra de la Comunidad Edificio Look. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. N°Protección-12092-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece por si Camila Sepúlveda Constanzo, quien deduce acción constitucional de protección en contra de Comunidad Edificio Look, propietaria del inmueble denominado Edificio Look, representado por su administrador Gerardo Jara Palma, por el acto ilegal y arbitrario de no permitirle g

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