SIN INFORMACION

ZHU/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

14 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que a folio 1 comparece por si Xiangyan Zhu, ciudada de la República Popular China, quien deducen acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el omisión ilegal y arbitraria de no pronunciarse sobre su solicitud de residencia definitiva, afectando el derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 Nº 2 de la Constitución Política de la República. Señala que realizó la solicitud formal de residencia definitiva el 27 de julio de 2023, mediante una ampliación de la misma, que ha aportado todos los documentos y pagado las multas que se la referido el servicio. Agrega que le informaron que el trámite podía tomar alrededor de seis meses, pero que ya lleva esperando más de nueve y aun no obtiene respuesta por parte de la autoridad, por tanto, se ha superado los plazos que da la ley 19.880 de seis meses para que la autoridad responsada a las solicitudes de los administrados. Añade que en su situación migratoria actual no logra acceder a tramites básicos, que en general, para cualquier trámite de su vida cotidiana le solicitan una cédula de identidad vigente, a la que no puede acceder por encontrarse pendiente la respuesta a su solicitud de residencia definitiva por parte de la recurrida. Finaliza solicitando que se acoja la presente acción constitucional por y se le ordene al servicio recurrido dar una respuesta a su solicitud, acogiendo o rechazando el beneficio de residencia definitiva en un plazo razonable. Segundo: Que a folio 4 comparece don Antonio Beltrán Henríquez, abogado, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, quien solicita se declare inadmisible el recurso, se declara la falta de legitimidad pasiva del servicio y, en subsidio, informa. Indican la acción constitucional impetrada debe ser rechazada por no cumplir con los requisitos básicos de la misma y porque no existe vulneración alguna, ni siquiera en grado de amenaza a los derechos que se denunci

Fundamentos

considerando que según se reconoce por la parte recurrente, recién con fecha 20 de julio de 2023 realizó una ampliación de su solicitud e informa la recurrida que solo consignó el pago de los derechos y remitió la documentación requerida en septiembre del mismo año, es decir, la acción que

Fallo

por tanto, se ha superado los plazos que da la ley 19.880 de seis meses para que la autoridad responsada a las solicitudes de los administrados. Añade que en su situación migratoria actual no logra acceder a tramites básicos, que en general, para cualquier trámite de su vida cotidiana le solicitan una cédula de identidad vigente, a la que no puede acceder por encontrarse pendiente la respuesta a su solicitud de residencia definitiva por parte de la recurrida. Finaliza solicitando que se acoja la presente acción constitucional por y se le ordene al servicio recurrido dar una respuesta a su solicitud, acogiendo o rechazando el beneficio de residencia definitiva en un plazo razonable. Segundo: Que a folio 4 comparece don Antonio Beltrán Henríquez, abogado, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, quien solicita se declare inadmisible el recurso, se declara la falta de legitimidad pasiva del servicio y, en subsidio, informa. Indican la acción constitucional impetrada debe ser rechazada por no cumplir con los requisitos básicos de la misma y porque no existe vulneración alguna, ni siquiera en grado de amenaza a los derechos que se denuncian ser vulnerados. Refiere que, en cuanto a su falta de legitimidad pasiva, la acción se funda en hechos que emanan de terceros, atendido a que las limitaciones al ejercicio de sus derechos proviene de otros órganos públicos o privados colocan a los extranjeros en situación de esperar su residencia definitiva, por cuanto las no

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C.A. de Santiago Santiago, catorce de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que a folio 1 comparece por si Xiangyan Zhu, ciudada de la República Popular China, quien deducen acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el omisión ilegal y arbitraria de no pronunciarse sobre su solicitud de residencia definitiva, afectando

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