SIN INFORMACION

GAVRILOV./SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

14 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra, en representación de Sergei Gavrilov, ciudadano ruso, domiciliado para estos efectos en San Manuel S/N, comuna de Melipilla, deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por Luis Eduardo Thayer Correa, domiciliado para estos efectos en San Antonio Nº580, Piso 6, comuna de Santiago, por haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria que afectó su derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en relación a la demora en el pronunciamiento de su solicitud de residencia temporal efectuada el 3 de enero de 2023 con el N°56876116. Pide que se ordene al organismo pronunciarse sobre la solicitud planteada. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones, informa respecto al fondo del recurso, que la solicitud del recurrente de residencia temporal para extranjeros dentro de Chile, específicamente de la subcategoría reunificación familiar, fue presentada el 3 de enero de 2023 bajo el N°56876116, se encuentra en etapa de “Resolución” desde el 31 de enero de 2024. Refiere que, en cuanto al tiempo de tramitación, por el aumento exponencial de los flujos migratorios al país, se configura un caso fortuito o fuerza mayor que, al tenor de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880, justifica el lapso transcurrido desde que se inició el respectivo procedimiento administrativo para la obtención de residencia temporal a que alude el recurso. Solicita el rechazo de la presente acción constitucional de protección. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u o

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Sergei Gavrilov, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de treinta días contado desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°4374-2024 Protección.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, catorce de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra, en representación de Sergei Gavrilov, ciudadano ruso, domiciliado para estos efectos en San Manuel S/N, comuna de Melipilla, deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por Luis Eduardo Thayer Correa, domi

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