SIN INFORMACION

VELÁSQUEZ/MARTÍNEZ

Rol

Fecha

14 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección consagrado en la Constitución Política de la República dice relación con la afectación de garantías constitucionales específicas de cuyo ejercicio legítimo por actos u omisiones contrarias a ley o por mero arbitrio de persona o autoridad determinada, el titular se ha visto amenazado, perturbado o privado, a fin de disponer las medidas de protección o de restablecimiento del derecho conducentes a poner término inmediato a la vulneración de derechos indubitados. Que, en la especie, no se mencionan hechos que puedan constituir vulneración en el ejercicio legítimo de garantías constitucionales amparadas por esta vía, y no es posible a su respecto adoptar medida de protección o restablecimiento del derecho como lo peticiona el compareciente o alguna otra, no resultando ser ésta la vía jurisdiccional idónea para obtener aquello solicitado por el recurrente. Lo anterior,

Fundamentos

considerando que el petitorio del recurso es ajeno a los fines del recurso, ante la existencia de un procedimiento previo administrativo sancionatorio firme.

Fallo

Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en el numeral 2º del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Protección se declara inadmisible la acción interpuesta a Folio 1 por el abogado don Marcos Velásquez Macías. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Protección-1400-2024.mvps

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, catorce de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección consagrado en la Constitución Política de la República dice relación con la afectación de garantías constitucionales específicas de cuyo ejercicio legítimo por actos u omisiones contrarias a ley o por mero arbitrio de persona o autoridad determinada, el titular se ha visto amenazado,

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