MERINO/TESORERÍA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Rol
Fecha
14 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece María Olga Merino Jara, enfermera, interponiendo recurso de protección en contra de la Tesorería General de la República, por haber retenido y compensado en forma ilegal y arbitraria la suma de $1.853.600, que le debía ser pagada en virtud de una transacción judicial alcanzada en un juicio laboral. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que el monto en cuestión no correspondería a la devolución de impuestos a la renta anual del año 2024, ni a deudas vencidas o cobradas judicial o extrajudicialmente por la recurrida, vulnerando con ello su derecho de propiedad, garantizado en el artículo 19 Nro. 24 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se acoja el presente recurso y se ordene el reintegro de la suma retenida, con los incrementos, intereses y reajustes que correspondan. Expone que el 10 de marzo de 2023, ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, causa RIT Nro. O-1660-2023, interpuso demanda laboral de continuidad laboral, despido injustificado y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana. Proceso en el que el 17 de enero de 2024 las partes alcanzaron una transacción judicial, obligándose la demandada a pagar la suma total de $1.853.600, la que fue aprobada por el tribunal mediante resolución judicial de 19 de enero de 2024. En este contexto, explica que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos remitió al Juzgado de Letras del Trabajo la Resolución Exenta Nro. 1057 de 8 de abril de 2024, ordenando a la Tesorería General de la República pagarle la suma antes indicada. Sin embargo, el 9 de mayo de este año, al ingresar al portal de la Tesorería General de la República, se percató que el dinero había sido retenido y compensado a su deuda del Crédito con Aval del Estado (CAE). Estima que aquello constituye un acto ilegal y arbitrario, pues el monto retenido y compensado no co
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se declare que la retención y compensación informada y percibida por la recurrida respecto de la suma de $1.853.600 de propiedad de la recurrente es ilegal y arbitraria, ordenando a la recurrida el reintegro de dicha suma a la recurrente, con los incrementos, intereses y reajustes que correspondan. Segundo: Que, a su turno, evacuando el traslado conferido, la recurrida solicita el rechazo del recurso de protección deducido en su contra, argumentando, en síntesis, que no ha incurrido en acto u omisión arbitraria o ilegal alguna que haya vulnerado las garantías constitucionales de la recurrente, por cuanto la compensación realizada entre la deuda morosa que ésta mantenía por concepto de crédito con aval del Estado y los fondos que debían serle pagados en virtud de la Resolución Exenta Nro. 1057 de la Subsecretaría de Justicia, constituye el legítimo ejercicio de una facultad conferida expresamente por la ley a la Tesorería General de la República, y que el recurso es, además, improcedente por inexistencia de un derecho indubitado de la recurrente que haya sido conculcado por la actuación impugnada. En apoyo de sus alegaciones, la recurrida explica en extenso el funcionamiento del sistema de créditos con garantía estatal para estudios superiores creado por la Ley Nro. 20.027, indicando que en caso de incumplimiento por parte del deudor y una vez agotadas las acciones de cobranza prejudiciales y judic
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de octubre de dos mil veinticuatro. Al folio 19: a lo principal, primer y segundo otrosí, téngase presente. Al tercer otrosí, a sus antecedentes. Al folio 20: a todo, téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece María Olga Merino Jara, enfermera, interponiendo recurso de protección en contra de la Tesorería General de la República, por
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