C/ FABIAN MANUEL GONZALEZ ALBORNOZ
Rol
Fecha
12 de octubre de 2024
Materia
PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°)
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que cabe considerar que el tribunal a quo, decretó las medidas cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional contra el imputado, de las letras a) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal, lo que necesariamente supone que dicho tribunal estimó que se han reunido antecedentes para justificar la existencia del delito de porte de arma de fuego prohibida y de municiones, y presumir fundadamente la participación como autor del imputado Peñalver Peñalver, cumpliéndose los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Tal resolución no fue apelada por la defensa del imputado, por lo que ello no puede ser discutido en esta instancia, limitándose la controversia a la necesidad de la medida cautelar. 2°) Que, en cuanto a la necesidad de la medida cautelar, teniendo presente la naturaleza y particularidades de los delitos atribuidos, el registrar diversas condenas anteriores (robo en lugar no habitado y hurto), la última de enero del presente año por el delito de microtráfico, y la total ausencia de arraigo laboral o familiar que asegure su comparecencia, permite concluir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Y visto además lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución dictada por el 9° Juzgado de Garantía de Santiago con fecha once de octubre de dos mil veinticuatro, en causa RIT N° 8219-2024 que no dio lugar a la prisión preventiva del imputado Fabián Manuel González Albornoz y, en su lugar, se decreta esa medida cautelar por peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese y devuélvase. Penal-5904-2024. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, doce de octubre de dos mil veinticuatro. Sala: Segunda Rol Corte: Penal-5904-2024 Ruc: 2401227492-7 Rit : O-8219-2024 Juzgado: 9º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: la Ministro señora María Paula Merino Verdugo, el Ministro (S) señor Manuel Esteban Rodríguez Vega y la Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida Relator: Joan Arce Digitador
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