SIN INFORMACION

VILLARROEL/SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y COMBUSTIBLES.

Rol

Fecha

14 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: Primero: Que comparece don Nelson Andrés Salazar Zapata, abogado, en representación convencional de don Leonel Heraldo Villarroel Monsalva, interponiendo reclamo de ilegalidad en contra de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles –SEC-, por haber dictado la Resolución Exenta N° 26388, de 8 de julio de 2024, que rechazó el recurso de reposición presentado por su representado respecto del ORD 183592 de 27 de julio de 2023, actuación que considera ilegal ya que no se dio un tratamiento correcto a los reclamos de su representado, encauzándolos por vías inadecuadas y respondiendo de manera evasiva, por lo que solicita se lo acoja, se declaren ilegales los actos reclamados, y se ordene a la SEC a responder el presentado de conformidad a su tenor literal. Expone que don Leonel Heraldo Villarroel Monsalva es una persona de tercera edad que ha enfrentado una serie de problemas con la empresa ENEL relacionados con la prestación de servicios eléctricos en su domicilio ubicado en Camino La Posada N° 13737, comuna de Las Condes y que, a raíz de ellos, ha presentado reclamos ante la SEC, los que no han sido debidamente atendidos ni resueltos. Explica que la autoridad reclamada, mediante la Resolución Exenta N° 26388 de 8 de julio de 2024, rechazó por extemporáneo el recurso de reposición interpuesto por el señor Villarroel contra el ORD N° 183592 de fecha 27 de julio de 2023. Argumenta que dicho recurso no puede considerarse deducido fuera de plazo ya que la autoridad administrativa ha dispuesto los plazos para su interposición según da cuenta una constancia de recepción del ORD N° 183592 de 26 de marzo de este año. Sostiene que la SEC incurrió en una serie de infracciones en el tratamiento de los reclamos de su representado. En primer lugar alega que no se han obtenido respuestas concretas respecto a las denuncias presentadas contra ENEL. Enfatiza que su representado no ha reclamado jamás respecto del consumo en su domicilio sino que de una serie de errores

Fundamentos

fundamentos de derecho alega que la SEC incurrió en infracciones al artículo 3°, N° 17, de la Ley N° 18.410, que establece la obligación de la SEC de resolver, oyendo a los afectados, los reclamos que se formulen por, entre o en contra de particulares, consumidores y propietarios de instalaciones eléctricas, de gas y de combustibles líquidos en general, y que se refieran a cualquier cuestión derivada de los cuerpos legales o reglamentarios cuyo cumplimiento le corresponde fiscalizar. Asimismo argumenta que la SEC ha vulnerado el deber de motivación que pesa sobre todo acto administrativo, consagrado en los artículos 11 inciso 2° y 41 inciso 4° de la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos, citando jurisprudencia de la Contraloría General de la República, específicamente el Dictamen N° 23.882 de 2020, y de la Corte Suprema, citando la Sentencia Rol 38.681-2017 de 13 de marzo de 2018.

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el reclamo de ilegalidad y, en su mérito, se declare ilegal la Resolución Exenta N° 26388 de fecha 8 de julio de 2024 de la SEC, se la deje sin efecto, y se le ordene responder el reclamo presentado por el señor Leonel Heraldo Villarroel Monsalva de conformidad a su tenor literal, con costas. Segundo: Que evacuando el traslado conferido, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles informó mediante Oficio Ordinario Electrónico N° 241003, de 7 de agosto de 2024, que en virtud de las atribuciones que le confiere la Ley N° 18.410, es competente para conocer y resolver sobre infracciones a la normativa eléctrica, sus reglamentos y normas técnicas. Expuso que el reclamo del señor Leonel Villarroel Monsalva en contra de Enel Distribución Chile S.A., presentado el 27 de junio de 2023, se fundamentó en el cobro de cuentas inexistentes, reajustes e intereses aplicados sobre una deuda en constante aumento, correspondiente al inmueble ubicado en Camino La Posada N°13737, comuna de Las Condes. Afirmó que al requerir información a la empresa distribuidora señaló que los consumos facturados no presentaban variaciones significativas en comparación con los valores históricos, que el registro de lecturas era correlativo en los últimos meses y que el medidor se encontraba en avance normal, ratificando la correcta facturación. Agregó que la deuda reclamada por el cliente se originaba en pagos parciales lo que generaba un saldo insoluto arrastrad

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C.A. de Santiago Santiago, catorce de octubre de dos mil veinticuatro. Visto: Primero: Que comparece don Nelson Andrés Salazar Zapata, abogado, en representación convencional de don Leonel Heraldo Villarroel Monsalva, interponiendo reclamo de ilegalidad en contra de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles –SEC-, por haber dictado la Resolución Exenta N° 26388, de 8 de julio de 2024, qu

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