TORRES POBLETE, JAIME EDUARDO/DIRECCIÓN GENERAL DE CARABINEROS DE CHILE
Rol
Fecha
11 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, el 22 de agosto de 2024, comparece Jaime Eduardo Torres Poblete, ex Cabo Primero de Carabineros de Chile, e interpone recurso de protección en contra del General Director de Carabineros de Chile, por la omisión que considera ilegal y arbitraria consistente en no emitir pronunciamiento respecto del recurso de apelación deducido en contra de la resolución que no hace lugar a un recurso jerárquico manteniendo la sanción de baja por mala conducta, lo que indica vulnera sus garantías constitucionales dispuestas en los n°2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Funda su recurso indicando que es un ex funcionario de Carabineros con más de 15 años de servicio efectivo y que el 10 de mayo de 2020 encontrándose de franco pernoctando en las dependencias del personal soltero “Cuartel La Estrella” y en horas de la madrugada recibió la llamada de un colega quien le indicó que se encontraba compartiendo unos amigos y que se sentía muy mal, por lo que le pidió lo fuera a buscar para llevarlo al servicio de urgencia, por cuanto no existía locomoción pública, por motivos del estado de excepción constitucional decretado en esa fecha. Acota que ingresando a la ruta 5, personal de la Armada de Chile lo procedió a fiscalizar, haciendo presente que no se encontraban en compañía de Carabineras, para finalmente y luego de solicitar la presencia policial, ser detenido por el delito de conducción en estado de ebriedad e infracción al toque de queda. Refiere que posteriormente por instrucción del Fiscal de turno, fue puesto en libertad a las 07.55 horas, siendo posteriormente notificado de la resolución Exenta Nro. 790, de 10 de mayo de 2020, que disponía la eliminación de las de las filas de la institución por conducta mala, con efectos inmediatos. Refiere que en materia penal el 24 de junio de 2020, se comunicó decisión de no perseverar y sobreseimiento a su respecto. Manifiesta que mediante dictamen Nro. 14074/2020/1 de 11 de octubre de 2022, se aprobó la vista fiscal y se confirmó la medida disciplinaria aplicada a través de la Resolución Exenta Nro. 790 de 10 de mayo de 2020. En contra de dicha resolución interpuso recurso Jerárquico, el que fue rechazo por Resolución Exenta Nro. 397de 6 de septiembre de 2023. Agrega que en contra de dicha resolución dedujo recurso de apelación ante la máxima autoridad institucional, el General Director Sr. Ricardo A. Yañez Reveco, presentando su defensa dentro del plazo fatal reglamentario de 05 días hábiles siguientes a su notificación, esto es el 12 de octubre de 2023, sin que a la fecha obtenga un pronunciamiento a su respecto. Añade que el 24 de junio de 2024 presentó en dependencias de la Fiscalía Administrativa de la Prefectura de Carabineros Coquimbo, un escrito de “solicitud del estado de tramitación de la acción disciplinaria consistente en la baja de las filas de la institución por conducta mala y con efectos inmediatos a través de sumario administrativo
Fallo
por tanto, la dilación del recurrido en el pronunciamiento de la apelación interpuesta, en este caso particular, debe ser calificada de ilegal y arbitraria porque vulnera la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental, en tanto importa una discriminación en contra de la parte recurrente en relación con el trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente, han podido tramitar debidamente sus recurso, considerando además que no se trata de una resolución de fondo, sino de mero trámite, por lo que dilación se aprecia aún más infundada e irracional. Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema, sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve que, SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Jaime Eduardo Torres Poblete, en contra del General Director de Carabineros de Chile y en consecuencia, se ordena al recurrido emitir pronunciamiento respecto del recurso de apelación interpuesto por el actor el 12 de octubre de 2023, dentro del plazo de quince días corridos. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N° 1431-2024 Protección.
Texto Completo (Preview)
Torres Poblete, Jaime Eduardo General Director de Carabineros de Chile Recurso de Protección Rol N° 1431-2024 La Serena, once de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, el 22 de agosto de 2024, comparece Jaime Eduardo Torres Poblete, ex Cabo Primero de Carabineros de Chile, e interpone recurso de protección en contra del General Director de Carabineros de
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