/GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
11 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Comparece Macarena Agüero Diaz, abogada defensora Penal Privada, en representación de doña Rosa Cristina Tambaco Morales e interpone acción constitucional de amparo contra el Consejo Técnico y Tribunal de Conducta de Gendarmería de Chile, por el rechazo de su solicitud de traslado desde Centro Penitenciario de Osorno, donde cumple condena, al Centro de Estudio y Trabajo de Concepción, decisión que estima vulneratoria de su libertad personal y seguridad individual. Señala que su representada es condenada por el delito de tráfico de migrantes y delito de trata personas a la pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, más la pena de 10 años y un día de presidio mayor en grado medio. Que de acuerdo a la ficha única de condenado inicia su condena con fecha 8 de junio de 2018, siendo su fecha de término de condena el 5 de julio del año 2032 favoreciéndole rebaja de condena por su conducta intachable el día 5 de mayo del 2028, con 37 días de abono en la causa. El tiempo mínimo para postular a beneficios intrapenitenciarios se cumple con fecha 05 de mayo de 2027; y su tiempo mínimo para postular a libertad condicional se cumple con fecha 23 de diciembre de 2020. Expone que durante el primer semestre aproximadamente en el mes de mayo de este año, cumpliendo su representada con los requisitos para postular al centro de Educación y Trabajo de Concepción es propuesta a la Comisión del honorable Consejo Técnico Evaluador del Complejo Penitenciario de Osorno para postular al Centro de Educación y Trabajo de Concepción en modalidad de semi-abierto. Que no obstante mantener aprobación de Honorable Consejo Técnico de la ciudad de Concepción, en el que también aprueba de manera favorable y por decisión del unánime del Consejo, su traslado al Centro de Educación y Trabajo de dicha ciudad. se resuelve no dar curso al traslado a mi representada, debido a que, se logró establecer fehacientemente que el delito por el cual la referida sentenciada se encuentra con
Fundamentos
fundamentos son ilegales y arbitrarios. Solicita se deje sin efecto la decisión y la resolución en que se contiene y se disponga judicialmente su traslado al Centro de Educación y Trabajo de la ciudad de Concepción o las medidas que juzgue necesarias para que se restablezca el imperio del derecho, siendo el único reproche por parte de la comisión evaluadora regional, que se trate de un delito de connotación pública basándose, un elemento que no está considerado en la norma y que puede revestir elementos discriminatorios Informó por Gendarmería de Chile, doña Angélica Briones Castillo, directora Regional de Gendarmería de chile, y señaló que con fecha 22 de agosto del presente año tuvo lugar la Reunión conjunta N°09 en la Dirección Regional del Bio Bio de selección de internos para el traslado de unidades cerradas a unidades semiabiertas, en dicha ocasión y tras el análisis de los informes situación de reclusión y proyección en la planificación en materia de reinserción, con la retroalimentación del equipo técnico regional con los encargados técnicos locales de cada unidad penal la autoridad Regional del Bio Bio decidió rechazar la solicitud de traslado en virtud de sus potestades establecidas en la legislación. Que dicha decisión consta en el acta N°22 donde se concluye de su sola lectura que se encuentra suficientemente motivado dando cuenta en las condiciones en las que se funda, donde en ningún caso se hace alusión a la gravedad de los delitos por los que cumple condena la reclusa ni de la connotación publica de aquellos sino que se basa entre otros aspectos en cuestiones asociadas a la reinserción de la interna avances en materia de reinserción carencia de redes de poyo externos y carente arraigo en la ciudad de concepción la existencia de acceso espacios de libertad acotados como lo establece el reglamento de establecimientos penitenciarios a través de los permisos de salida y en definitiva la rudimentaria confianza que habría de basarse la concesión del permiso fundado aquello en el artículo 67 del Decreto N°943. Sostiene que la decisión del Consejo Técnico fue adoptada dentro de las facultades legales de dicho órgano colegiado, el que deliberó en base a los antecedentes fundantes tenidos a la vista. Informando comparece don Cesar Fernando Aguilar Silva, Abogado, Asesor jurídico de la Dirección Regional de Los Lagos, quien expone en lo pertinente ser necesario que el Decreto 943 del año 2011, en el inciso segundo del artículo 81 es categórico en señalar que cuando se trata de un ingreso a Unidad CET fuera de la región de origen, se requiere un informe favorable de la Unidad de destino, situación que en la especie no concurre, como se esboza en el informe incorporado en autos a folio 15. Es por tal consideración que cualquier alegación que realice la amparada en ese sentido resulta del todo desestimada por tratarse de un requisito. Señala que el acto de no incluir al amparado en la nómina de postulantes al beneficio de libertad condicion
Fallo
se resuelve no dar curso al traslado a mi representada, debido a que, se logró establecer fehacientemente que el delito por el cual la referida sentenciada se encuentra condenada es un delito considerado grave de delito de tráfico de migrantes 411 bis inciso 1, 2 y 3 -trata personas menores de 18 años. art. 411 quater inc. 2 -trata personas menores de 18 años. art. 411 quater inc. 2, además de ser de connotación pública Señala cumplir con los requisitos necesarios para postular al traslado, y que la negativa y sus fundamentos son ilegales y arbitrarios. Solicita se deje sin efecto la decisión y la resolución en que se contiene y se disponga judicialmente su traslado al Centro de Educación y Trabajo de la ciudad de Concepción o las medidas que juzgue necesarias para que se restablezca el imperio del derecho, siendo el único reproche por parte de la comisión evaluadora regional, que se trate de un delito de connotación pública basándose, un elemento que no está considerado en la norma y que puede revestir elementos discriminatorios Informó por Gendarmería de Chile, doña Angélica Briones Castillo, directora Regional de Gendarmería de chile, y señaló que con fecha 22 de agosto del presente año tuvo lugar la Reunión conjunta N°09 en la Dirección Regional del Bio Bio de selección de internos para el traslado de unidades cerradas a unidades semiabiertas, en dicha ocasión y tras el análisis de los informes situación de reclusión y proyección en la planificación en materia de reinserc
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C.A. de Valdivia. Valdivia, once de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO: Comparece Macarena Agüero Diaz, abogada defensora Penal Privada, en representación de doña Rosa Cristina Tambaco Morales e interpone acción constitucional de amparo contra el Consejo Técnico y Tribunal de Conducta de Gendarmería de Chile, por el rechazo de su solicitud de traslado desde Centro Penitenciario de Osorno, don
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