ROA SUARES DOGLEIRIS YORJANIS GABRIELA/ GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
11 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Naivelis María Seijas Martínez, venezolana, quien recurre de amparo en favor de Doeglimis Roa, venezolana, en contra de Gendarmería de Chile. Indica que la amparada es su pareja, quien cumple prisión preventiva en el centro de detención femenina de San Miguel desde el 19 de enero último. Alega que la recurrida le ha impedido enrolarse y visitar a la persona en cuyo favor recurre, al contar solamente con cédula venezolana y auto denuncia, lo que considera una violación a sus derechos. Segundo: Que informa Gendarmería de Chile que doña Dougleimis Jorjannisth Gabriela Roa Suarez, DNI venezolano N° 26148325, se encuentra imputada con la medida cautelar de prisión preventiva por orden del Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte, en causa RUC N° 2400066879-3, por el presunto delito de Trata de Personas para trabajos forzados, sindicada como perteneciente al “Brazo operativo del Tren de Aragua”. Explica que, de acuerdo a la normativa vigente, en los procesos de enrolamientos, ingresos de visitas a establecimientos penitenciarios y para remitir encomiendas a los privados de libertad, es necesario que el extranjero que no cuente con permiso de permanencia vigente, acompañe el respectivo documento de identidad del país de origen y Certificado de Viajes emitido por la Policía de Investigaciones de Chile; Pasaporte del país de origen con timbre de control de ingreso al país o Documento de viaje, acompañado del correspondiente certificado de solicitud de residencia en trámite, requisitos que no ha adjuntado la recurrente, por lo que entiende no haber incurrido en un actuar ilegal que contravenga algún derecho constitucional de las extranjeras, solicitando el rechazo del recurso. Tercero: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualqu
Texto Completo (Preview)
San Miguel, once de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Naivelis María Seijas Martínez, venezolana, quien recurre de amparo en favor de Doeglimis Roa, venezolana, en contra de Gendarmería de Chile. Indica que la amparada es su pareja, quien cumple prisión preventiva en el centro de detención femenina de San Miguel desde el 19 de enero último. Aleg
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