CRISTHIAN RAFAEL SANDOVAL VILLA /DIRECCIÓN GENERAL DE CARABINEROS DE CHILE Y OTRA
Rol
Fecha
11 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADO SIN COSTAS
Hechos
VISTOS: En folio 1 comparece deduciendo recurso de protección, don Cristhian Rafael Sandoval Villa, Sargento Primero de Carabineros, domiciliado en calle Hipólito Salas 237, Población Raúl Silva Henríquez, Cañete, en contra de la Dirección General de Carabineros de Chile, representada para estos efectos por su General Director don Ricardo Alex Yáñez Reveco, y en contra de la Dirección Nacional de Personal de Carabineros de Chile, representado para estos efectos por el General Inspector Pablo Andrés Silva Chamorro, ambos con domicilio en Avenida Bernardo O’Higgins 1196, Santiago, Región Metropolitana. El acto que denuncia ilegal y arbitrario como fundamento de recurso es la Nota N°385, de 31 de julio de 2024, expedida por la Dirección Nacional de Personal de Carabineros de Chile, que no hizo lugar a la invalidación de cuatro actos administrativos de la institución que son: a) Resolución Exenta n°1842, de fecha 5 de julio de 2022; b) Resolución Exenta N°3147, de 12 de septiembre de 2022, ambas de la Comisión Médica Central de Carabineros, en adelante -CMC-; c). Resolución Exenta N°861, de 14 de septiembre de 2022, de la Prefectura C.O.P, Araucanía N°32; d) Nota 346, de 30 de junio de 2023, de la Dirección Nacional de Personal, y la letra b) de la Resolución Exenta N°4.512, de 22 de diciembre de 2022, del Ente Técnico Colegiado. La cadena de los referidos actos administrativos se dictó mientras hacía esfuerzos por revertir la declaración de su imposibilidad física y su retiro temporal de las filas de Carabineros, en el marco de un procedimiento para establecer su aptitud para el servicio. En cuanto a los hechos que fundan el recurso, explica que es funcionario de Carabineros por más de veinte años. Que el 3 de julio de 2024 se dirigió por correo electrónico al Secretario General de Carabineros, solicitando la invalidación de determinados actos administrativos emanados de la CMC, de la Prefectura C.O.P. Araucanía, la Nota N° 346 de la Dirección Nacional de Personal y
Fundamentos
considerando número 5) de la resolución exenta número 3147, se señala expresamente que “El Informe de Evaluación N°340/2022 de fecha 30.08.2022 emitido por el Dr. Rolando Ahubert Cornejo, Asesor Psiquiátrico de esta Comisión Médica Central, señalando que el referido paciente padece de trastorno de adaptación prolongado, con pronóstico malo, encontrándose no apto para el servicio, situación confirmada por el propio médico tratante”. En el considerando número 6) de la misma resolución señala: “Que con fecha 05.09.2022, fue evaluada nuevamente la historia clínica completa del referido paciente, por esta Comisión Médica Central, determinándose en definitiva que posee una salud incompatible con el servicio en Carabineros de Chile, por padecer patología de origen psiquiátrico que se ha mantenido en el tiempo, sin acreditar su recuperación”. Pero acontece que el 12 de agosto de 2022 su psiquiatra tratante Mario Zapata Molina, emitió certificado médico que señala “paciente con diagnóstico de trastorno adaptativo mixto severo ansioso – depresivo remitido, con buena evolución y completa tratamiento, estando en condiciones de volver a su actividad laboral”, pudiendo volver, por consiguiente, al servicio. Dada la contradicción entre el certificado médico Zapata y Ahubert, dedujo recurso de protección ante esta Corte de Apelaciones el 14 de agosto de 2022, en contra de la Comisión Médica Central de Carabineros de Chile, causa rol 65.202-2022. A la fecha no tan sólo de la elaboración del informe de Evaluación N°340/2022 del Dr. Rolando Ahubert Cornejo, Asesor Psiquiátrico de la CMC, sino también de la nueva evaluación por parte de la misma Comisión de su historia clínica completa, contenidas en los considerandos 5) y 6) de la resolución exenta número 3147, sirvieron como razonamientos esenciales para apoyar y fundamentar la parte resolutiva de dicha resolución, en la cual la CMC decidió el 12 de septiembre de 2022, mantener firme por unanimidad la declaración de imposibilidad física y proposición de retiro temporal, a pesar que a las fechas de esas evaluaciones practicadas por la Institución, ya existía un certificado médico de su psiquiatra tratante, que certificaba su evolución en el tratamiento y sus condiciones para reintegrarse al servicio, y a pesar de encontrase en tramitación el recurso de protección rol 65.202-2022 que finalmente fue acogido por falta de motivación del acto administrativo (referente a la resolución exenta número 1842), cuya interposición había sido notificada a las recurridas. Denuncia de la CMC de Carabineros de Chile, la escasa rigurosidad en el examen de los documentos y demás antecedentes que incidió directamente en la motivación del acto administrativo, transgrediendo los principios constitucionales y legales de publicidad y transparencia. La sentencia favorable recaída en el recurso de protección rol 65.202-2022 ordenó a la CMC de Carabineros de Chile efectuarle una nueva evaluación de salud, en virtud a todos los antecedent
Fallo
se falla y acoge el 30/9/2022, por faltar la debida motivación, ordenándose nueva evaluación de salud del actor, debidamente motivada. g) Por Resolución 4512 de la CMC de 22 de diciembre de 2022, se establece que el funcionario en dicha fecha se encuentra apto y sin patología mental, pero no deja sin efecto las Resoluciones de la misma Comisión que lo declaró no apto para el servicio, números 1842 y 3147. h) El actor solicitó su reincorporación al servicio, dictándose la Nota 346 de 30 de junio de 2023, que señala que estuvo con retiro temporal, pero no dejó sin efecto los actos administrativos anteriores, por cuanto a la fecha en que estas se dictaron, el interesado padecía la patología que fundamentó la proposición de retiro temporal por afectarle una imposibilidad física, no dejando sin efecto el retiro temporal. Además, se ilustra al exfuncionario acerca del procedimiento reglado para requerir la reincorporación, y que se trata de una facultad discrecional de la Máxima Autoridad Institucional. i) Ante ello, el 28 de julio de 2023, el recurrente presenta un nuevo Recurso de Protección en contra de la Dirección General de Carabineros y de la Dirección Nacional de Personal ante esta Corte, Rol 15.568-2023, el que fue rechazado el 5 de octubre del mismo año, señalándose que no existe acto administrativo terminal que pueda ser tildado de ilegal y/o arbitrario. Este recurso no fue recurrido. j) El 3/7/2024, por correo electrónico el exfuncionario realizó una presentación al
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C.A. de Concepción xsr Concepción, once de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: En folio 1 comparece deduciendo recurso de protección, don Cristhian Rafael Sandoval Villa, Sargento Primero de Carabineros, domiciliado en calle Hipólito Salas 237, Población Raúl Silva Henríquez, Cañete, en contra de la Dirección General de Carabineros de Chile, representada para estos efectos por su General Dir
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