JUZGADO DE GARANTIA DE TALCAHUANO

MP C/ DANIEL ISAAC RODRIGUEZ ESCALONA

Rol

Fecha

11 de octubre de 2024

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO, ÚNICAMENTE, PRESENTE: 1°.- Que el Ministerio Público apeló verbalmente de la resolución de 9 de octubre en curso, que no hizo lugar a imponer la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Daniel Isaac Rodríguez Escalona, quien se encuentra formalizado como autor del delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades del artículo 4 y 1 de la ley 20.000 y solicita se le imponga la medida cautelar de prisión preventiva. 2°.- Que, el Ministerio Público sustenta la necesidad de cautela en las circunstancias que el imputado registraba al momento de su aprensión cuatro órdenes de detención en procesos pendientes y, además, que estaba sujeto a medidas cautelares, particularmente la de arresto domiciliario, por causas diversas. 3°.- Que a juicio de estos sentenciadores, la eventual prognosis de pena y

Fundamentos

considerando la prisión preventiva como la ultima ratio del sistema cautelar, permite concluir que el arresto domiciliario parcial impuesto en la instancia resulta proporcional a los hechos que investiga el ente persecutor, atendida el gramaje de droga encontrado en poder del imputado, todo lo cual hace discutir la eventual calificación jurídica del hecho delictual por el cual se persigue la responsabilidad penal de Rodríguez Escalona y, en consecuencia, se confirma la medida cautelar impuesta por el Juzgado de Garantía de Talcahuano, esto es, el arresto domiciliario parcial nocturno. Que no obsta a lo anterior la situación procesal que afecta al imputado en otros procesos, toda vez que es resorte del Ministerio Público impetrar la cautela correspondiente en los referidos procesos. Por lo razonado, y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 122, 140, 155 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de nueve de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano, que impuso al imputado Daniel Isaac Rodríguez Escalona la medida cautelar del artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, esto es, privación de libertad parcial nocturna en su domicilio. Comuníquese por la vía más expedita al tribunal de origen. N°Penal-1823-2023.

Texto Completo (Preview)

Concepción, once de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO, ÚNICAMENTE, PRESENTE: 1°.- Que el Ministerio Público apeló verbalmente de la resolución de 9 de octubre en curso, que no hizo lugar a imponer la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Daniel Isaac Rodríguez Escalona, quien se encuentra formalizado como autor del delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñ

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