14º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

COMERCIAL DE VALORES SERVICIOS FINANCIEROS SPA/SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION REGION M

Rol

Fecha

11 de octubre de 2024

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: Que los puntos 2° y 3° que solicita agregar la parte demandada, se aviene más a los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos que, al tenor del artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, deben formar parte de la interlocutoria de prueba. Por estos fundamentos, cita legal y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución de dos de octubre de dos mil veintitrés, dictada por el Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, modificada por la de veintiuno de agosto de dos mil veinticuatro, con declaración que se elimina su punto de prueba N° 1 y se la sustituye por los numerales 2° y 3°, propuesto por la parte demandada, quedando el 2° como 1° y 3° como tal. En consecuencia la interlocutoria de prueba quedará del siguiente tenor: 1° Existencia de la obligación alegada por la demandante, naturaleza, circunstancias que la configuran y modalidades de la misma.” 2° Hechos constitutivos de la falta de legitimación pasiva alegada por la demandada 3° Efectividad que la demandante dio cabal y oportuno cumplimiento a la obligación pactada, hechos y circunstancias que lo acreditan. Comuníquese. N°Civil-13869-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo únicamente presente: Que los puntos 2° y 3° que solicita agregar la parte demandada, se aviene más a los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos que, al tenor del artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, deben formar parte de la interlocutoria de prueba. Por estos fundamentos, cita legal y lo di

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