MP.C/ JOSÉ LUIS MARTÍNEZ DURÁN.
Rol
Fecha
11 de octubre de 2024
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO. ART. 443.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. A su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento prevé que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad. Segundo: Que del mérito de los antecedentes expuestos, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con otras medidas que al efecto contempla el artículo 155 del mismo cuerpo legal, como se dirá en lo resolutivo de esta resolución. Y atendido lo dispuesto en los artículos 140 a 155 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en la audiencia de cuatro de octubre del año en curso, por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la prisión preventiva del imputado José Luis Martínez Durán y se declara que se disponen las medidas del artículo 155 letras a) y d) del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario total y la prohibición de salir del país, debiendo el tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Devuélvase vía interconexión. N° 3614-2024-Penal
Fallo
se declara que se disponen las medidas del artículo 155 letras a) y d) del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario total y la prohibición de salir del país, debiendo el tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Devuélvase vía interconexión. N° 3614-2024-Penal
Texto Completo (Preview)
San Miguel, once de octubre de dos mil veinticuatro. Sala: Quinta Rol Corte: 3614-2024-Penal Ruc: 2401189972-9 Rit: 3019-2024 10° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Ministro de fe: Cristián Calderón Bórquez Ministerio Público: Fabiola Lizama Díaz Defensor: César Contreras González Imputado: JOSÉ LUIS MARTÍNEZ DURÁN Escritos proveídos en audiencia: folios 3 y 4 San Miguel, once de octubre de dos mil
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