MINISTERIO PUBLICO C/ FREDDY ANTONIO SAAVEDRA POZO
Rol
Fecha
10 de octubre de 2024
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1.- La discusión en este caso se ha centrado en la proporcionalidad de la medida cautelar impuesta a la imputada Patricia Jacqueline Fritz Cerna, respecto de quien concurren varios criterios legales que permiten considerar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. 2.- En la especie hemos sido llamados a considerar el estado de salud de la imputada y las condiciones carcelarias en que se encuentra, que hacen más gravosa su privación de libertad, atendida su calidad de mujer, persona mayor de edad y con discapacidad declarada. 3.- En opinión de esta Corte atendidas esas especiales circunstancias y el tiempo que ha permanecido en prisión preventiva, el riesgo cautelar señalado puede ser igualmente cubierto con otras medidas menos intensas, previstas en el artículo 155 del Código Procesal Penal, en los términos solicitados por la defensa. Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de uno de octubre del presente año, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva a la imputada Patricia Jacqueline Fritz Cerna y, en su lugar se decide que ésta queda únicamente sujeta a la privación total de libertad en el domicilio que fije y prohibición de salida del país. Dese orden de libertad en favor de la imputada, si no estuviere privada de ella por otra causa o motivo. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo, por la vía más expedita. N°Penal-1820-2024.
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de uno de octubre del presente año, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva a la imputada Patricia Jacqueline Fritz Cerna y, en su lugar se decide que ésta queda únicamente sujeta a la privación total de libertad en el domicilio que fije y prohibición de salida del país. Dese orden de libertad en favor de la imputada, si no estuviere privada de ella por otra causa o motivo. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo, por la vía más expedita. N°Penal-1820-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CQF/rtp Concepción, diez de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1.- La discusión en este caso se ha centrado en la proporcionalidad de la medida cautelar impuesta a la imputada Patricia Jacqueline Fritz Cerna, respecto de quien concurren varios criterios legales que permiten considerar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de
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