C/ MAXIMILIANO SAITD ANTONIO SOTO NUNEZ
Rol
Fecha
9 de octubre de 2024
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que, respecto de actuaciones efectuadas en audiencia de preparación del juicio oral en proceso RIT Nº 5528-2023, RUC Nº 2301087038-0, seguidos ante el Décimo Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, se ha alzado el Ministerio Público, en lo tocante a la petición de la defensa del imputado Diyeri Giovanni Rubio Gálvez, acogida, en orden a la exclusión de toda la prueba ofrecida bajo el acápite de prueba pericial como de la declaración de los peritos Juan Eduardo Sepúlveda Contreras y Alexander Enrique Yáñez López Segundo: Que la normativa procesal referida a la facultad del juez para excluir prueba, señalada en el artículo 276 del mismo código, en síntesis, permite al juez de garantía, luego de luego de examinar las pruebas ofrecidas y escuchar a los intervinientes que hubieren comparecido a la audiencia, ordenará fundadamente que se excluyan de ser rendidas en el juicio oral aquellas que fueren manifiestamente impertinentes, las que tuvieren por objeto acreditar hechos públicos y notorios, las que provinieren de actuaciones o diligencias que hubieren sido declaradas nulas y aquellas que hubieren sido obtenidas con inobservancia de garantías fundamentales. Tercero: Que, la exclusión de pruebas únicamente puede sustentarse en las cuatro hipótesis reseñadas, como también en las que eventualmente se contemplen en otras disposiciones especiales, por lo que la citada por el Juez de Garantía, no constituye en rigor, una auténtica causal legal de exclusión. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en el inciso segundo del artículo 277 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de cinco de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Décimo Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en cuanto se excluyó de la prueba ofrecida por el Ministerio Público en el escrito de acusación, singularizada como prueba pericial y la declaración de los peritos que individualiza en la audien
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en el inciso segundo del artículo 277 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de cinco de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Décimo Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en cuanto se excluyó de la prueba ofrecida por el Ministerio Público en el escrito de acusación, singularizada como prueba pericial y la declaración de los peritos que individualiza en la audiencia respectiva, y en su lugar se declara que se la incorpora al auto de apertura del juicio oral, rechazándose, en consecuencia, la solicitud de la defensa en tal sentido. Comuníquese por la vía más rápida. Penal-5427-2024. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, nueve de octubre de dos mil veinticuatro. Sala: Sexta Rol Corte: Penal-5427-2024 Ruc: 2301087038-0 Rit: O-5528-2023 Juzgado: 14º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Mario Rojas González, señora Marisol Andrea Rojas Moya y el Abogado Integrante señor Manuel Domingo Antonio Luna Abarza Relatora: Karen Acevedo Digitador (s): Alejan
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