SIN INFORMACION

ORMEÑO/GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

9 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, comparece José Orlando Fernández Palma, en favor de Juan Isaac Ormeño Tapia, funcionario de Gendarmería de Chile e interpone acción de protección en contra de don Sebastián Salvador Urra Palma, en su calidad de Director Nacional de Gendarmería de Chile, por el acto arbitrario e ilegal consistente en haber omitido dictar resolución de término respecto de sumario administrativo ordenado hace más de 7 años mediante resolución exenta Nº81 de fecha 27 de enero de 2017. Explica que el recurrente ingresó a la institución de Gendarmería de Chile el 1 de septiembre de 2003 y mediante resolución exenta Nº81 de fecha 27 de enero de 2017 se instruyó en su contra sumario administrativo a fin de esclarecer y determinar su responsabilidad por hechos constitutivos de delito de cohecho, supuestamente ocurridos en el año 2017, estando aún pendiente de resolución. Refiere que durante el sumario han ocurrido irregularidades que hace pensar que existe animadversión en contra del recurrente. En concreto, indica que el recurrente fue suspendido preventivamente, gozando del 100% de sus remuneraciones con fecha 15 de febrero de 2017, medida que se mantiene hasta el día de hoy. Señala que con fecha 7 de junio de 2017 se le formularon cargos de responsabilidad por infringir el artículo 62 Nº2º de la ley 18.575 el cual prescribe que Contravienen especialmente el principio de la probidad administrativa, concretamente, hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para sí o para un tercero, el artículo 84 letras e) f) y g) y las letras c) g) e i) del artículo 61 de la ley 18.834 sobre Estatuto Administrativo. Luego, con ocasión de reapertura del proceso disciplinario se le formuló cargos en idénticos términos. Señala que, en su oportunidad solicitó su absolución haciendo valer sus descargos por no haberse acreditado fehacientemente los hechos en los que se le atribuye responsabilidad. Refiere que, con fecha 7 de junio de 2017, el fiscal a cargo de investigación sumaria procedió a prorrogar la suspensión preventiva, esta vez sólo gozando del 50% de sus remuneraciones, en infracción a lo dispuesto por la normativa del ramo. Además, se solicita una nota de demerito en contra del recurren por presuntas faltas de respeto hacía el fiscal administrativo y la actuaria del proceso disciplinario. A continuación, con fecha 3 de julio de 2017 el fiscal administrativo procede a dictar la vista fiscal, proponiendo la aplicación de sanción disciplinaria de destitución del cargo. Luego, se reabrió el procedimiento ordenándose un plazo de 20 días para realizar diligencias pendientes y con fecha 7 de noviembre de 2019 se notificó al recurrente la aplicación de la medida de destitución. Expresa que habiendo transcurrido más de 7 años no se ha dictado la resolución de término por parte del Director Nacional de Gendarmería de Chile, quedando el recurrente en absoluta i

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de octubre de dos mil veinticuatro. A los folios 9, 10 y 11: a todo, téngase presente y a sus antecedentes. Al folio 12: a sus antecedentes. Vistos y considerando: Primero: Que, comparece José Orlando Fernández Palma, en favor de Juan Isaac Ormeño Tapia, funcionario de Gendarmería de Chile e interpone acción de protección en contra de don Sebastián Salvador Urra

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