SIN INFORMACION

RODRÍGUEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

31 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1.- Que la reclamación materia del presente ingreso, fue interpuesta con fecha siete de octubre dos mil veinticuatro, en contra de la Resolución Exenta N°5687, de fecha diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve, notificada personalmente, según da cuenta el acta de notificación de fecha veintiséis de septiembre del año en curso. 2.- Que el artículo 141 de la Ley N°21.325, aplicable en la especie, dispone que “El afectado por una medida de expulsión podrá reclamar por sí o por cualquier persona en su nombre, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro del plazo de diez días corridos, contado desde la notificación de la resolución respectiva”. Luego, en dichos términos, el plazo legal se encontraba vencido en estos autos a la fecha de interposición del presente recurso. Es por ello que se declara inadmisible la reclamación deducida el siete de octubre de dos mil veinticuatro. Al primer otrosí: aténgase a lo resuelto precedentemente. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al tercer y cuarto otrosí: téngase presente. Al folio N°2: a lo principal, téngase presente la delegación de poder. Al otrosí, ténganse por acompañados los documentos, a sus antecedentes. Archívese. N° Contencioso Administrativo-674-2024.

Fallo

se declara inadmisible la reclamación deducida el siete de octubre de dos mil veinticuatro. Al primer otrosí: aténgase a lo resuelto precedentemente. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al tercer y cuarto otrosí: téngase presente. Al folio N°2: a lo principal, téngase presente la delegación de poder. Al otrosí, ténganse por acompañados los documentos, a sus antecedentes. Archívese. N° Contencioso Administrativo-674-2024.

Texto Completo (Preview)

jtha C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de octubre de dos mil veinticuatro. Al folio 1; a lo principal: Vistos y teniendo presente: 1.- Que la reclamación materia del presente ingreso, fue interpuesta con fecha siete de octubre dos mil veinticuatro, en contra de la Resolución Exenta N°5687, de fecha diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve, notificada personalmente, según da cuenta el

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