GESTION Y TRANSMISION ELECTRONICA S.A./HERNÁNDEZ (ACUM. I.C. N°12233-2023)
Rol
Fecha
9 de octubre de 2024
Materia
SENTENCIA PENAL CONDENATORIA
Resultado
CONFIRMA Y REVOCA
Hechos
Vistos: I. En relación al ingreso N° 17293-2022. Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada dictada el catorce de noviembre de dos mil veintidós, por el 20° Juzgado Civil de Santiago. II. En cuanto al ingreso N° 12233-2023. Se reproduce la sentencia en alzada con supresión de sus
Fundamentos
fundamentos cuarto y quinto. Y se tiene presente además en su lugar: 1º Que como según la jurisprudencia y la doctrina mayoritaria, el abandono del procedimiento es una sanción procesal procedente cuando todas las partes que figuran en el juicio cesaron su prosecución, que castiga al litigante detiene por negligencia la substanciación e impide con su paralización su pronta y eficaz resolución. 2º Que en este proceso no transcurrió seis meses de inactividad entre el 28 de diciembre de 2022, cuando la demandante se notificó de la interlocutoria de prueba y el 27 de junio de 2023 en que se notificó al demandado. 3º Que, en consecuencia, ante la falta de concurrencia de los requisitos de procedencia prescritos en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, no procede acoger la incidencia promovida, en especial, si se considera que la notificación a una de las partes de la interlocutoria de prueba provoca el tránsito de la etapa procesal intermedia a la de prueba. Y de conformidad con lo dispuesto en las normas citadas y lo previsto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada dictada el veinticuatro de julio de dos mil veintitrés por el 20° Juzgado Civil de Santiago y
Fallo
se declara en su lugar que se rechaza el incidente de abandono de procedimiento alegado el tres de julio de dicho año, por lo que el juicio proseguirá su substanciación. Devuélvase. N°17293-2022 (Acumulada N°12233-2023) Civil.
Texto Completo (Preview)
Alegó, previo anuncio y relación pública, el abogado don Mauricio Núñez contra y contra los recursos. Santiago, 9 de octubre de 2024. Cristián Alcántara Mödinger, relator. Santiago, nueve de octubre de dos mil veinticuatro. Al escrito folio N°12: Téngase presente. Vistos: I. En relación al ingreso N° 17293-2022. Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los art
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