8º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

COMUNIDAD RELIGIOSA TESTIGOS DE JEHOVÁ/HENRÍQUEZ (LTE)

Rol

Fecha

9 de octubre de 2024

Materia

POSESIÓN EFECTIVA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

considerandos octavo y noveno que se eliminan. Y, se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que, el abogado don Pablo Martínez Gómez, en representación de la solicitante “Testigos de Jehová”, en procedimiento voluntario sobre otorgamiento de Posesión Efectiva Testamentaria, tramitados en el Octavo Juzgado Civil de Santiago autos Rol V-89-2019, apela (en el tercer otrosí de su presentación) de la sentencia de fecha dieciocho de agosto de 2021, que rechazó la solicitud de posesión efectiva testada presentada el 15 de marzo de 2019 por la Comunidad Religiosa Testigos de Jehová. Expone que doña Blanca Flor Henríquez, a sus 61 años, siendo plenamente capaz, otorgó testamento solemne abierto por escritura pública de 24 de mayo de 2000, repertorio 279-2000, en la notaría de Puente Alto de don Jorge Rehbein Ohaco, el que en su cláusula cuarta, instituyó a su representada heredera universal de todos sus bienes; no fue inscrito en el Registro Nacional de Testamentos, ya que fue otorgado antes que dicho registro empezará a funcionar en abril de 2004; el testamento fue perfeccionado con todas las solemnidades legales ante ministro de fe y en presencia de tres testigos, según se consigna en el mismo; con fecha 6 de marzo de 2019, falleció doña Blanca Flor Henríquez, a los 80 años, producto de un paro cardio respiratorio, falla multiorgánica, insuficiencia respiratoria crónica, según da cuenta el certificado de defunción; y, no dejó asignatarios forzosos, dado que era viuda, sin hijos ni padres vivos. Argumenta que la causante en septiembre de 2011 sufrió un accidente cerebro-vascular quedando con secuelas neurológicas importantes; fue derivada por la asistente social del Cesfam en el año 2015, a una institución de adulto mayor por cuanto “No cuenta con red de apoyo familiar, viviendo sola. Su red de poyo está conformada por integrantes de la iglesia en que participa, es decir, Testigos de Jehová”; afirma que su representada se hizo cargo de su cuidado asumiendo todos los costos y gastos que ello significada. Señala que en noviembre de 2016 se presenta una pariente política, doña Teresa Rojas, quien retira a la Sra. Henríquez de la casa de reposo “Génesis”, para posteriormente ingresarla en la casa “Mundo Nuevo” ubicada en Recoleta, sin embargo, en marzo de 2017 la retira debido a deudas que mantendría con dicha institución, no obstante, estar percibiendo la pensión de doña Blanca y arrendado la propiedad de ésta. Finalmente, indica que, durante la tramitación de la posesión efectiva, el Registro Civil informa la existencia de una “protocolización de testamento” practicada el 27 de febrero de 2019, -pocos días antes del fallecimiento de la causante [6 de marzo de 2019]-, en la Notaría Pública de Santiago de don Patricio Cathalifaud Moroso, inscrita con el N°2004-2019 en el Registro Nacional de Testamentos. Cita doctrina y normas legales aplicables, y solicita se enmiende conforme a derecho la resolución impugnada, reconociendo la calidad de here

Fallo

se declara: Que se concede la posesión efectiva de los bienes quedados al fallecimiento de doña Blanca Flor Henríquez, cédula de identidad N°4.285.006-3, último domicilio en calle Los Manzanos N° 5914, Comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en favor de la Comunidad Religiosa Testigos de Jehová, persona jurídica de derecho privado RUT 81.551.600-1, representada legalmente por don Jorge Cinecio González Valenzuela, ministro religioso, cédula de identidad Nº 11.855.074-9, ambos domiciliados en Avenida Concha y Toro Nº 3456, Comuna de Puente Alto, Región Metropolitana en su calidad de heredera universal y legítima de sus bienes según testamento otorgado el 24 de mayo de 2000, ante don Jorge Rehbein Ohaco, Notario Público titular de la Notaría de Puente Alto, bajo el Repertorio N° 279-2000. El Tribunal a quo deberá disponer las inscripciones y publicaciones legales que correspondan y la confección de inventario solemne. Regístrese y notifíquese. Redacción de la ministro María Paula Merino Verdugo. No firma la Ministro señora López Miranda, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo del fallo, por haber cesado en su cargo en esta Corte de Apelaciones. N°Civil-8035-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus considerandos octavo y noveno que se eliminan. Y, se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que, el abogado don Pablo Martínez Gómez, en representación de la solicitante “Testigos de Jehová”, en procedimiento voluntario sobre otorgamiento de Posesión Efe

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