MATELUNA/SUPERINTENDENCIA DE SEGURDIAD SOCIAL
Rol
Fecha
8 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DE FALLO/RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña KARINA FRANCISCA HERNÁNDEZ ZUÑIGA, chilena, domiciliada en Pasaje Cinco Sur N°1457, comuna de Talca, Región del Maule, en representación de doña MARIANELA DEL CARMEN MATELUNA ARAYA, domiciliada en calle San Antonio N°17, comuna de Curicó, Región del Maule, en contra de Isapre CONSALUD, de la COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ (en adelante COMPIN) y de la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL (en lo sucesivo SUCESO), por el acto arbitrario e ilegal consistente en rechazar el pago del subsidio correspondiente a licencia médica y negar la justificación del reposo médico. Como base de su acción, la Sra. Mateluna expone que en marzo de 2023 fue diagnosticada con un trastorno depresivo mayor con episodios moderados a severos. Los síntomas comenzaron a manifestarse debido a situaciones de acoso laboral por parte de sus superiores y se vieron agravados por un ambiente de trabajo hostil. Esto la llevó a consultar a un médico psiquiatra, quien desde entonces ha estado tratándola y determinó que era necesario el reposo médico, lo cual se formalizó a través de licencias psiquiátricas. Aunque inicialmente recibió el pago de las primeras licencias gracias a un convenio colectivo vigente con su empleador, desde el 17 de noviembre de 2023, todas las licencias posteriores han sido rechazadas. Las licencias médicas que han sido rechazadas por la recurrida COMPIN y consecuencialmente por la recurrida SUSESO, tienen los siguientes folios; 3-86531372, 3-87983552, 3-89281895, el último rechazo luego de una apelación administrativa respecto de estas tres licencias fue mediante la Resolución Exenta N°R-01-IBS-78566-2024, de fecha 17 de mayo del año en curso. A ellas se suma el rechazo de 8 licencias continuas más, con los siguientes folios: 3-94765506-K, 3-93229538-5, 391617585-K, 3-90395448-5, 3-99775019, 3-96712104, 3-9800890, 399245226, las cuales ya fueron apeladas en SUSESO y pese a que se encuentran pendientes del resultado de la apelación sobre las mismas, dice tiene el temor más que fundado de que seguirán el mismo resultado de rechazo que las primeras presentadas. La recurrente ha presentado informes médicos que respaldan su situación de salud y su diagnóstico, pero la SUSESO ha rechazado repetidamente sus licencias médicas, alegando que no hay justificación suficiente para el reposo prolongado. La entidad ha ignorado el hecho de que, según los informes médicos, la paciente no ha mostrado mejoría suficiente para reincorporarse a sus labores. Los rechazos se basan en que los antecedentes médicos presentados no demostrarían incapacidad laboral más allá del periodo autorizado, y que el cuadro clínico no justificaría la extensión del reposo. El médico tratante de la recurrente, Carlos Carrasco Jimenes, ha reiterado en sus informes que su paciente no se ha recuperado y que, de hecho, su condición ha empeorado debido a los rechazos de las licencias, lo cual ha afectado gravemente su situación económica, limitand
Fallo
Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema, sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve que: I. SE RECHAZA la excepción de extemporaneidad, referida en el considerando 7º. II. SE RECHAZA la alegación de incompetencia del basamento 8º. III. SE RECHAZA la acción de protección interpuesta en favor de doña MARIANELA DEL CARMEN MATELUNA ARAYA, en contra de CONSALUD S.A., de la COMISIÓN DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ y de la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL. IV. No se condena en costas a la actora. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Redactado por el abogado integrante Rodrigo Eduardo de la Vega Parra. Rol N° 1694-2024/Protección.
Texto Completo (Preview)
Talca, ocho de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña KARINA FRANCISCA HERNÁNDEZ ZUÑIGA, chilena, domiciliada en Pasaje Cinco Sur N°1457, comuna de Talca, Región del Maule, en representación de doña MARIANELA DEL CARMEN MATELUNA ARAYA, domiciliada en calle San Antonio N°17, comuna de Curicó, Región del Maule, en contra de Isapre CONSALUD, de la COMISIÓ
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica