RECURRENTE:CATALINA FERNANDA CARREÑO GONZALEZ RECURRIDO:SUSESO/COMPIN
Rol
Fecha
8 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Con fecha 9 de mayo de 2024 comparece CATALINA FERNANDA CARREÑO GONZÁLEZ, domiciliada en El Peumo N°0247 de Villa Las Palmas, comuna de Doñihue, deduciendo recurso de protección en contra de la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, por el rechazo de sus licencias médicas de maternidad. Funda su recurso en que en virtud de la Resolución Exenta N° R-01-S-36922-2024 de 7 de marzo de 2024, la recurrida rechazó autorizar el pago de las licencias médicas N°87913382 y N°89082332. Indica que entregó todos los documentos que le solicitaron, pero le siguen cuestionando su licencia de pre y post natal, ya que su trabajo es en terreno y con teletrabajo, por lo que no tiene una oficina como tal para una huella laboral. Sostiene que se siente vulnerada en sus derechos, al cuestionarse su maternidad y el trabajo. Con fecha 13 de mayo de 2024 se declaró admisible el recurso y se solicitó informe a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de la región de O’Higgins, el que fue evacuado el día 17 del mismo mes y año. Señala que la recurrente durante el 2023 presentó dos licencias médicas que se encuentran autorizadas, sin embargo, no posee el derecho al pago del subsidio por incapacidad laboral, pues no logró acreditar huella laboral. Explica que el 26 de septiembre de 2023 su parte realizó una fiscalización sin que se haya podido acreditar el vínculo de subordinación, ya que para tener derecho al subsidio antes referido, no sólo debe presentar un contrato de trabajo vigente, registro de asistencia, cotizaciones al día, liquidaciones de sueldo, entre otros, sino que también debe constatarse la existencia de huellas materiales y concretas que den cuenta del desarrollo efectivo de las labores para las que está contratada, debiendo contar con antecedentes que respalden la relación de subordinación con su empleador, tales como correos electrónicos, desarrollo de actividades o respaldo de asignación, todo lo cual fue solicitado a la recurrente, sin que se acreditase lo anter
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se RECHAZA, sin costas, el recurso deducido por CATALINA FERNANDA CARREÑO GONZÁLEZ en contra de la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, por haber perdido oportunidad. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol Ingreso Corte N°1566 -2024 Protección. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.
Texto Completo (Preview)
Rancagua, ocho de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Con fecha 9 de mayo de 2024 comparece CATALINA FERNANDA CARREÑO GONZÁLEZ, domiciliada en El Peumo N°0247 de Villa Las Palmas, comuna de Doñihue, deduciendo recurso de protección en contra de la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, por el rechazo de sus licencias médicas de maternidad. Funda su recurso en que en virtud de la Resolución Ex
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