ANONIMIZADO
Rol
Fecha
8 de octubre de 2024
Materia
ALIMENTOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Teniendo en consideración que el recurso de apelación se ha interpuesto en contra de la resolución dictada el veinticuatro de septiembre del año en curso que dejó sin efecto aquella que dio inicio, por segunda vez, al procedimiento extraordinario de pago previsto en el artículo 19 quinquies de la Ley N°14.908, se deduce que tal decisión no se encuentra en ninguna de las hipótesis del artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 y que hacen procedente el recurso de instancia, por lo que se declara inadmisible la apelación ya aludida. Acordada contra el voto del ministro señor Quezada, quien estuvo por declarar admisible el recurso de...
Fallo
se declara inadmisible la apelación ya aludida. Acordada contra el voto del ministro señor Quezada, quien estuvo por declarar admisible el recurso de...
Texto Completo (Preview)
CH (nkg) San Miguel, ocho de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: Teniendo en consideración que el recurso de apelación se ha interpuesto en contra de la resolución dictada el veinticuatro de septiembre del año en curso que dejó sin efecto aquella que dio inicio, por segunda vez, al procedimiento extraordinario de pago previsto en el artículo 19 quinquies de la Ley N°14.908, se deduce que ta
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