JUZGADO DE GARANTIA DE CALAMA

MP C/ GADIEL DE LA CRUZ RODRIGUEZ GUAJARDO

Rol

Fecha

8 de octubre de 2024

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO. ART. 443.

Resultado

DIRIMIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Se ha trabado contienda de competencia entre el Juzgado de Garantía de Calama y el Juzgado de Garantía de La Serena para conocer de este negocio. PRIMERO: Que se trabó contienda de competencia respecto del sentenciado Jean Carlo Magna Letelier, en atención a que el Juzgado de Garantía de La Serena, sólo aceptó la competencia respecto de la pena sustitutiva de Remisión Condicional y no la pena de multa impuesta en esta causa. SEGUNDO: Que de los antecedentes de la causa, se desprende que, atendido el domicilio del sentenciado, es aplicable la situación excepcional prevista en el inciso 2° del artículo 36 de la Ley 18.216, esto es: "en casos excepcionales cuando, el tribunal que conozca o deba conocer de la ejecución de una pena sustitutiva podrá declararse incompetente, a fin de que conozca del asunto el juzgado de garantía del lugar en que deba cumplirse dicha pena, cuando exista una distancia considerable entre el lugar donde se dictó la sentencia condenatoria y el de su ejecución." TERCERO: Que, en virtud de lo anterior y conforme al artículo 111 del Código Orgánico de Tribunales, al alterarse la competencia original del Juzgado de Garantía de Calama por causa legal sobreviniente, corresponde conocer del cumplimiento de la totalidad de la pena al Juzgado de Garantía de La Serena, por lo que es competente para seguir conociendo del cumplimiento total de la sentencia de autos, el Juzgado de Garantía de La Serena. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 111, 190 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales y 36 de la Ley N°18.216, se dirime la contienda declarando que es competente para conocer de la ejecución de la pena respecto de Jean Carlo Magna Letelier, en su totalidad, el Juzgado de Garantía de La Serena. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Calama y al Juzgado de Garantía de La Serena Regístrese y comuníquese. Rol N°1390-2024 (Penal)

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 111, 190 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales y 36 de la Ley N°18.216, se dirime la contienda declarando que es competente para conocer de la ejecución de la pena respecto de Jean Carlo Magna Letelier, en su totalidad, el Juzgado de Garantía de La Serena. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Calama y al Juzgado de Garantía de La Serena Regístrese y comuníquese. Rol N°1390-2024 (Penal)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, ocho de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Se ha trabado contienda de competencia entre el Juzgado de Garantía de Calama y el Juzgado de Garantía de La Serena para conocer de este negocio. PRIMERO: Que se trabó contienda de competencia respecto del sentenciado Jean Carlo Magna Letelier, en atención a que el Juzgado de Garantía de La Serena, sólo aceptó la c

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